BOC - 2018/47. Miércoles 7 de Marzo de 2018 - 1050

III. Otras Resoluciones

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas

1050 - ORDEN de 5 de marzo de 2018, por la que se establecen los servicios mínimos del personal que presta servicios en este Departamento y en los Organismos Autónomos adscritos al mismo, como consecuencia de la jornada de huelga general convocada por varias organizaciones sindicales, para el día 8 de marzo de 2018, desde las 00:00 hasta las 24:00 horas.

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En ejercicio del derecho reconocido en el artículo 28.2 de la Constitución Española, así como los artículos 4.1.e) de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, cuyo texto refundido fue aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre y 3 del Real Decreto 17/1977, de 4 de marzo, sobre relaciones de trabajo, varias organizaciones sindicales han convocado una jornada de huelga general, presentando a tal efecto preaviso para el próximo día 8 de marzo desde las 00:00 hasta las 24:00 horas.

En razón a ello es necesario garantizar la prestación de servicios considerados esenciales, dentro del conjunto de las funciones que son competencia de esta Consejería y de los Organismos Autónomos adscritos a la misma, en el contexto de la Administración Autonómica.

Vistas las disposiciones de aplicación y en particular el Decreto 24/1987, de 13 de marzo, de establecimiento de servicios mínimos en la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 32, de 16 de marzo).

En el ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 29.1 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y el 2 del citado Decreto Territorial 24/1987, de 13 de marzo,

R E S U E L V O:

Determinar que los servicios mínimos a cumplir durante la huelga convocada para el día 8 de marzo de 2018 desde las 00:00 hasta las 24:00 horas, en esta Consejería y en los Organismos Autónomos adscritos a la misma, son los que se prestan en los puestos de trabajo relacionados en el anexo, debiendo ser cumplidos por los empleados públicos adscritos a los mismos.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, o de diez días, si se acudiera al procedimiento previsto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Potestativamente podrá interponerse recurso de reposición ante esta Consejería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, significando que, en caso de interponerlo, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que hayan transcurrido veinte días desde la presentación de aquel.

Santa Cruz de Tenerife, a 5 de marzo de 2018.

EL CONSEJERO DE AGRICULTURA,

GANADERÍA, PESCA Y AGUAS,

Narvay Quintero Castañeda.



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