BOC - 2018/39. Viernes 23 de Febrero de 2018 - 838

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

838 - Puertos Canarios.- Anuncio de 30 de enero de 2018, del Director Gerente, por el que se hace público, y se somete a información pública, la solicitud -formulada por la "Empresa Insular de Artesanía, S.A."- para el otorgamiento de una concesión demanial que permita la ocupación y explotación del kiosko dedicado a la comercialización de productos originales de artesanía de la isla de Tenerife, sito en el puerto de Puerto de la Cruz, término municipal de Puerto de la Cruz (Tenerife).

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En aplicación de lo dispuesto en el apartado 8º del artículo 47 -"Tramitación de los procedimientos iniciados a instancia de los interesados"- del Reglamento de desarrollo y ejecución de la Ley de Puertos de Canarias aprobado mediante Decreto 52/2005, de 12 de abril, se hace público, y se somete a información pública, la solicitud presentada por la "Empresa Insular de Artesanía, S.A.", para el otorgamiento de una concesión de dominio público portuario que le permita la ocupación y explotación del kiosko sito en el puerto de Puerto de la Cruz, en el término municipal de Puerto de la Cruz, en la isla de Tenerife, dedicado a la comercialización de productos originales de artesanía de la isla de Tenerife.

El expediente correspondiente estará de manifiesto, por un plazo de un (1) mes, dentro del horario de oficina (de 9.00 a 14.00 horas), en las dependencias de "Puertos Canarios" en ambas provincias (provincia de Santa Cruz de Tenerife: calle La Marina, nº 53, Edificio Europa, portón 3º, piso 1º, código postal 38001; provincia de Las Palmas: Plaza del Fuero Real de Gran Canaria, nº 4, Edificio Tamarco, planta baja, código postal 35004) pudiendo examinarlo cuantas personas se consideren afectadas y/o presentar, dentro de citado plazo, cuantas observaciones y/o alegaciones estimen oportunas sobre la petición de concesión.

Se significa que, en el presente procedimiento, no cabe la presentación de peticiones alternativas a dicha solicitud, dado que se procederá a la resolución del mismo -en su caso- mediante el otorgamiento directo de la concesión de dominio público solicitada, y todo ello en virtud de lo dispuesto en el apartado 1º del artículo 77 -"Concesiones demaniales"- de la Ley 6/2006, de 17 de julio, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias, en relación con las letras a), b), c) y d) del apartado 5º del artículo 40 -"Formas de enajenación"- del precitado texto legal.

Lo que se hace público para general conocimiento y a los demás efectos oportunos.

Santa Cruz de Tenerife, a 30 de enero de 2018.- El Director Gerente, Manuel Víctor Ortega Santaella.



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