BOC - 2018/11. Martes 16 de Enero de 2018 - 217

III. Otras Resoluciones

Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda

217 - ORDEN de 4 de enero de 2018, por la que se delega en el titular de la Secretaría General Técnica de esta Consejería, el ejercicio de la competencia en materia de autorización de contratación de personal laboral temporal, en los sectores declarados prioritarios en el artículo 56 de la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018.

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ANTECEDENTES DE HECHO

El artículo 57 de la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018, atribuye al titular de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda la competencia para autorizar la contratación de personal laboral temporal en las hospederías; centros base; módulos insulares; centros de día; escuelas infantiles; personal administrativo y técnico de programas de adopción, prevención y protección de menores y de justicia juvenil con medidas impuestas a menores; los servicios competentes para la gestión de la prestación canaria de inserción y de la dependencia y la discapacidad; el personal administrativo de las oficinas de información especializada; el Servicio de Inspección y Registro de Centros, de la Secretaría General Técnica; el Servicio de Planificación, Gestión y Administración, de la Dirección General de Protección a la Infancia y la Familia; y los servicios de Gestión y Asuntos Generales y de Gestión de Pensiones y Ayudas a la Integración, de la Dirección General de Políticas Sociales e Inmigración.

No obstante, con objeto de agilizar y alcanzar una mayor eficacia en la contratación del personal laboral temporal, resulta aconsejable delegar en el titular de la Secretaría General Técnica de esta Consejería esta competencia.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, "Los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o en los Organismos públicos o Entidades de Derecho Público vinculados o dependientes de aquellas".

Visto todo lo anterior y en ejercicio de la competencia que tengo atribuida,

R E S U E L V O:

Primero.- Delegar en el titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda la competencia para autorizar la contratación de personal laboral temporal en las hospederías; centros base; módulos insulares; centros de día; escuelas infantiles; personal administrativo y técnico de programas de adopción, prevención y protección de menores y de justicia juvenil con medidas impuestas a menores; los servicios competentes para la gestión de la prestación canaria de inserción y de la dependencia y la discapacidad; el personal administrativo de las oficinas de información especializada; el Servicio de Inspección y Registro de Centros, de la Secretaría General Técnica; el Servicio de Planificación, Gestión y Administración, de la Dirección General de Protección a la Infancia y la Familia; y los servicios de Gestión y Asuntos Generales y de Gestión de Pensiones y Ayudas a la Integración, de la Dirección General de Políticas Sociales e Inmigración, a que se refiere el artículo 57 de la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018.

Segundo.- En todas las resoluciones que se dicten en el ejercicio de la delegación de competencias conferidas por esta Orden, y que se entienden dictadas por el órgano delegante, deberá hacerse constar expresamente tal circunstancia, con mención a su fecha y publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercero.- Las delegaciones contenidas en esta Orden se adoptan sin perjuicio de las facultades de avocación y revocación que ostenta el órgano delegante, de conformidad con la normativa vigente.

Cuarto.- La presente Orden surtirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y durante el ejercicio presupuestario del año 2018.

Santa Cruz de Tenerife, a 4 de enero de 2018.

LA CONSEJERA DE EMPLEO,

POLÍTICAS SOCIALES Y VIVIENDA,

Cristina Valido García.



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