BOC - 2017/247. Miércoles 27 de Diciembre de 2017 - 6183

IV. Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Granadilla de Abona

6183 - EDICTO de 31 de julio de 2017, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000155/2012.

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CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

"SENTENCIA

En Granadilla de Abona, a 24 de abril de dos mil diecisiete.

D. Fernando Piñana Batista, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº Uno de este Partido Judicial, habiendo visto los presentes autos seguidos en este Juzgado como Juicio Ordinario con el nº 155/2012, entre partes, como demandante D. Leandro de la Rosa Sierra y Dña. Valentina Pérez Cruz bajo la asistencia letrada de Dña. Carmen Dolores González Porcell y representado por el Procurador de los tribunales D. Manuel Ángel Álvarez Hernández y como demandada la compañía mercantil Hispanocantábrica de Promociones y Construcciones, S.L., en rebeldía.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por D. Manuel Ángel Álvarez Hernández, en nombre y representación de D. Leandro de la Rosa Sierra y Dña. Valentina Pérez Cruz contra la compañía mercantil Hispanocantábrica de Promociones y Construcciones, S.L., debo declarar y declaro resuelto el contrato de cesión por obra futura celebrada entre las partes el treinta de abril de dos mil ocho, sobre la finca descrita en el fundamento de derecho primero.

Debiendo cancelarse la inscripción de dominio del demandado sobre la referida finca atribuyendo a los actores la propiedad y la posesión de la referida finca; así como a reinscribir el dominio de la finca a favor de los demandantes en el Registro de la Propiedad y en consecuencia se condena a la parte demandada a pagar en concepto de indemnización de daños y perjuicios la cantidad de 360.000 euros más los intereses devengados.

Se condena en costas a la parte demandada.

Pronúnciese esta sentencia en audiencia pública y notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra ella puede interponerse recurso de apelación en el plazo de veinte días.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo."

- La anterior sentencia fue rectificada por auto de fecha 26-4-17, cuya parte dispositiva es la siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Se rectifica sentencia, de 24 de abril de 2017, en el sentido de que donde se dice como demandante D. Leandro de la Rosa Sierra y Dña. Valentina Pérez Cruz, debe decir D. Leandro de la Rosa Sierra y Dña. Valentina Pérez Hernández.

Modo de impugnación: recurso de reposición en el plazo de cinco días ante este tribunal.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Hispanocantábrica de Promociones y Construcciones, S.L., se extiende la presente para que sirva de notificación.

En Granadilla de Abona, a 31 de julio de 2017.- La Letrado/a de la Administración de Justicia.



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