D./Dña. María Teresa Rodríguez Villaescusa, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Arrecife y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Arrecife, a 29 de noviembre de 2017.
D. Adalberto de la Cruz Correa, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Arrecife, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al nº 722/2016 a instancia de D. El Bachir Hadday, representado por el Procurador de los Tribunales D. Jaime Manchado Toledo y asistida por Letrado, contra Svastikrt, S.L., en situación de rebeldía procesal, sobre juicio ordinario, ha dictado la presente resolución.
FALLO
Que debo desestimar y desestimo la demanda presentada por la representación acreditada de D. El Bachir Hadday contra Svastikrt, S.L., a la que absuelvo de las peticiones contra ella formuladas. Las costas deberán ser abonadas por la parte actora, si proceden.
Notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación dentro de los veinte días contados desde el siguiente a su notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna. El mismo se interpondrá ante el presente Juzgado y será resuelto por la Audiencia Provincial de Las Palmas.
Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Svastikrt, S.L., expido y libro el presente en Arrecife, a 30 de noviembre de 2017.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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