BOC - 2017/240. Viernes 15 de Diciembre de 2017 - 5969

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Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento

5969 - Dirección General de Promoción Económica.- Anuncio de 12 de diciembre de 2017, relativo al requerimiento de subsanación de las solicitudes de abono presentadas en el marco de la convocatoria para el año 2017 de concesión de subvenciones a proyectos de inversión de pequeñas y medianas empresas en Canarias.

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Por Resolución de esta Consejería de fecha 31 de octubre de 2017 (BOC nº 214, de 7.11.17) se resuelve de manera definitiva la convocatoria para el año 2017 de concesión de subvenciones a proyectos de inversión de pequeñas y medianas empresas en Canarias, convocada por Orden de 31 mayo de 2017 (extracto BOC nº 107, de 6.6.17).

El plazo para la realización de la actividad y la justificación de la subvención finalizó el 21 de noviembre de 2017, de acuerdo a la base novena.dos de la Orden de 12 de mayo de 2016, de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, por la que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria de la subvenciones a proyectos de inversión de pequeñas y medianas empresas en Canarias (BOC nº 97, de 20.5.16), modificada por Orden de 31 de marzo de 2017 (BOC nº 71, de 11.4.17), Orden de 10 de mayo de 2017 (BOC nº 95, de 18.5.17) y Resolución de 11 de octubre de 2017, de concesión provisional (BOC nº 199, de 16.10.17).

En la base vigesimoprimera.cuatro de la Orden de bases, se establece que transcurrido el plazo para la justificación y en su caso el plazo adicional, la Dirección General de Promoción Económica examinará la documentación, requiriendo, en su caso, a los interesados para que en un plazo de 10 días hábiles procedan a la corrección de defectos subsanables en la justificación, con los efectos previstos en el artículo 73 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en caso de no proceder a la subsanación requerida.

Conforme a la base cuarta de la Orden de convocatoria, la notificación de los requerimientos que se dirijan a los interesados para subsanar defectos en la documentación aportada en la justificación de la subvención, se llevará a cabo mediante su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

A tenor de lo establecido en la base primera.dos de la Orden de convocatoria, en aplicación de la tramitación de urgencia, se establece un plazo de cinco (5) días para que los interesados subsanen las solicitudes de abono.

Esta Dirección General, en uso de las atribuciones que tiene conferidas de acuerdo a la base decimocuarta de la Orden de bases,

ACUERDA:

Primero.- Requerir a los interesados relacionados en el anexo, para que en el plazo de cinco (5) días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente acto en el Boletín Oficial de Canarias, subsanen las faltas detectadas y acompañen o completen los documentos o datos que se detallan en el citado anexo, con los efectos previstos en el artículo 73.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas en caso de no proceder a la subsanación requerida.

Segundo.- Disponer la publicación del presente requerimiento en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de diciembre de 2017.- La Directora General de Promoción Económica, Cristina Hernández Carnicer.



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