BOC - 2017/237. Martes 12 de Diciembre de 2017 - 5907

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Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda

5907 - Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 5 de diciembre de 2017, del Director, de requerimiento de documentación relativa a la solicitud de subvención con cargo al Programa de Incentivos a la contratación laboral denominado "Programa de incentivos al empleo joven-Incentívate", para los ejercicios 2017-2018 (BOC nº 165, de 28.8.17).

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En relación con las solicitudes presentadas por las Entidades, correspondientes al segundo periodo de los plazos de presentación, a los efectos de acogerse a las subvenciones previstas en la Resolución de 11 de agosto de 2017, de la Presidenta, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria abierta del programa de incentivos a la contratación laboral de personas jóvenes desempleadas, incluidas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en las modalidades de formación y aprendizaje o en prácticas denominado "Programa de incentivos al empleo joven-Incentívate", para los ejercicios 2017-2018, y teniendo en cuenta que mediante Resolución de la Dirección del Servicio Canario de Empleo nº 8111/2017 de fecha 5 de diciembre de 2017 se acuerda aplicar la tramitación de urgencia a los procedimientos de concesión de subvenciones de la citada convocatoria, a las entidades relacionadas en el Anexo I se les requiere y/o informa de los incumplimientos detectados, especificando lo/s correspondiente/s a cada expediente y las observaciones oportunas:

1.- Para los incumplimientos o deficiencias incluidas en el artº. 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se le concede un plazo improrrogable de 5 días contados a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias para que la Entidad remita a este Centro gestor la documentación solicitada.

Se le advierte que, de no presentar toda la documentación requerida en el plazo establecido, se le tendrá por desistido de su petición, a tenor de lo establecido en el artº. 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en artº. 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación con el apartado décimo primero. Instrucción y procedimiento de concesión de subvenciones de la citada Resolución de 11 de agosto de 2017.

2.- Para los incumplimientos detectados una vez instruido por parte del Servicio Canario de Empleo los procedimientos correspondientes y encuadrados en el artº. 82 de la misma Ley, se le concede un plazo de 5 días como trámite de audiencia para alegar y presentar los documentos y justificantes que estimen oportunos, advirtiéndole de que si así no lo hiciera o las alegaciones o documentos presentados no se tuvieran en cuenta, se procederá a la denegación de estos expedientes.

Mediante este documento se notifica a las entidades relacionadas el contenido del presente requerimiento, según lo exigido en los artículos 40.1 y 45.1.b), de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2.10.15).

Santa Cruz de Tenerife, a 5 de diciembre de 2017.- El Director, p.s. (artº. 8.3 Decreto 118/2004, de 29 de julio, por el que se aprueba la estructura orgánica y de funcionamiento del SCE), la Secretaria General, Mónica Ramírez Barbosa.



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