BOC - 2017/224. Martes 21 de Noviembre de 2017 - 5493

IV. Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia nº 4 (antiguo Mixto nº 4) de San Cristóbal de La Laguna

5493 - EDICTO de 11 de noviembre de 2016, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000112/2016.

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D./Dña. Jesús María Prieto Gutiérrez, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 4 (antiguo Mixto nº 4) de San Cristóbal de La Laguna y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En San Cristóbal de La Laguna, a 26 de octubre de 2016.

Vistos por mí, Dña. Pilar Olmedo López Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de La Laguna, los presentes autos de juicio Ordinario seguidos bajo el nº 112/2016, promovidos por el Procurador de los Tribunales D. Javier Hernández Berrocal en nombre y representación de Pra Iberia, S.L. Unipersonal bajo la dirección letrada de D. Jordi Bosch Viñas contra D. Jorge Luis Torres Rodríguez declarado en rebeldía.

FALLO

Estimo íntegramente la demanda presentada por el Procurador de los Tribunales D. Javier Hernández Berrocal en nombre y representación de Pra Iberia, S.L. Unipersonal y condeno a D. Jorge Luis Torres Rodríguez al pago de 7.065,18 euros más los intereses de demora correspondientes. Todo ello, con expresa condena en costas al demandado.

Así por esta mi sentencia, frente a la que cabe interponer recurso de apelación en el plazo de 20 días, mediante escrito presentado en este Juzgado y que deberá ir suscrito por Letrado y Procurador, para ante la Audiencia Provincial de esta capital, lo pronuncio, mando y firmo, haciéndole saber que de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ, según reforma operada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, para la interposición de dicho recurso deberá constituirse depósito por importe de 50,00 euros en la Cuenta de Consignaciones y Depósitos de este Juzgado en Banesto, debiendo acreditarlo de forma fehaciente.

Publicación.- En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilmo. Sr./a. Magistrado que la dictó, celebrando Audiencia Pública. Doy fe.

DILIGENCIA: seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Jorge Luis Torres Rodríguez, expido y libro el presente en San Cristóbal de La Laguna, a 11 de noviembre de 2016.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.



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