BOC - 2017/217. Viernes 10 de Noviembre de 2017 - 5291

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Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda

5291 - Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 31 de octubre de 2017, del Director, de requerimiento de documentación relativa a la solicitud de subvención con cargo a los "Programas Experimentales en materia de Empleo", convocatoria 2017-2018.

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Examinada la solicitud presentada por la entidad FUNCASOR, provista de CIF G38298766, mediante escrito de fecha 24 de agosto de 2017, registro de entrada general 1124412, con el fin de acogerse a las subvenciones para la puesta en práctica de un Programa Experimental en materia de Empleo, convocadas mediante Resolución nº 4812/2017, de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo de fecha 13 de julio de 2017 (extracto publicado en el BOC de 25.7.17), por medio de la presente se le requiere para que, en el plazo de diez (10) días, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente requerimiento en el Boletín Oficial de Canarias, remita a este Centro administrativo, original o copia compulsada de la siguiente documentación:

* Número de participantes (máximo 100 y mínimo 60). En este sentido, el número de participantes no es el mismo en las diferentes apartados del proyecto donde se reseña.

* En caso de que la entidad haya optado por ello, de conformidad con los criterios de baremación expuestos en la convocatoria, se deberá exponer claramente el número de certificados de profesionalidad de Nivel 1 que se compromete a impartir. Los certificados profesionales deben estar perfectamente definidos. En este sentido, el Certificado reseñado no es el mismo en las diferentes apartados del proyecto donde se reseña.

* Relación de los recursos humanos de los que dispone o de los que se dotará el solicitante, especificando el nº, la jornada laboral, el porcentaje de tiempo que se dedicarán al proyecto los pertenecientes a la entidad, detallando el perfil (historial y capacidades) de estos e indicando las funciones que desarrollarán y la ubicación laboral que van a tener los mismos. Hay que destacar que este último aspecto (ubicación laboral de los trabajadores) no está reseñado en la Memoria.

* Objetivos de inserción laboral previstos que deberán ser, al menos, los indicados para cada programa en el artículo 2 de la Orden TAS 2643/2003. Al no ser coincidente el número de usuarios en los diferentes apartados del proyecto, el número definitivo de usuarios a insertar no puede ser definido.

En el supuesto de requerirse la aportación de información o datos que formen parte del contenido de la Memoria-Proyecto, todas las páginas deberán venir inexcusablemente fechadas y firmadas por el representante de la entidad.

Asimismo se le advierte que, de no presentar la documentación requerida en el plazo concedido, se procederá, a tenor de lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, a tenerle por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la citada Ley.

Dado el carácter y personalidad jurídica del interesado, se le recuerda la obligación de aportar la documentación requerida por vía electrónica, según lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, en relación con el 14 del mismo cuerpo legal.

Para cualquier aclaración al respecto de lo consignado en el presente requerimiento, podrán ponerse en contacto con la unidad administrativa encargada de la tramitación del expediente, en los siguientes teléfonos: (928) 455338, (928) 455339, (928) 455344.

Santa Cruz de Tenerife, a 31 de octubre de 2017.- El Director, Sergio Fernando Alonso Rodríguez.



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