BOC - 2017/157. Miércoles 16 de Agosto de 2017 - 4073

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Consejería de Educación y Universidades

4073 - EXTRACTO de la Orden de 11 de agosto de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras por las que se regirá la convocatoria de becas y ayudas para la realización de estudios universitarios durante el curso académico 2017/2018 y se realiza su convocatoria.

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BDNS (Identif.): 358121.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).

Primero.- Beneficiarios.

Alumnos universitarios, con residencia en Canarias, matriculados enseñanzas oficiales de Grado o Máster, en Universidades públicas canarias, en la U.N.E.D., o en universidades públicas del resto del territorio español, siempre que los estudios no puedan cursarse en Canarias.

Segundo.- Objeto.

Sufragar los gastos derivados del pago de los precios públicos, el transporte y la residencia de quienes no cumplan con los requisitos para ser beneficiarios de todas o algunas de las modalidades de becas, convocadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y se encuentren realizando estudios universitarios.

Tercero.- Cuantía.

Las becas y ayudas convocadas serán financiadas con cargo a la partida presupuestaria 18.07.323A, PI/LA 18404502, 446.00 y 480.00 Ayudas a los Estudios Universitarios (Ley 8/2003, de becas y ayudas a los estudios universitarios) de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2017 y 2018, dotada con un crédito inicial para la convocatoria por importe de 10.663.942,00 euros de carácter ampliable, repartido en las anualidades de la siguiente forma.

2017: 1.500.000,00 euros 480.00.

2018: 9.163.942,00 euros 480.00 y 460.00.

Cuarto.- Bases Reguladoras.

Las bases por las que se regirá la presente convocatoria, serán publicadas en el Boletín Oficial de Canarias al tratarse de tramitación conjunta bases y convocatoria.

Quinto.- Forma y plazo de presentación de las solicitudes.

La solicitud se formalizará en el plazo del 16 de agosto al 18 de septiembre de 2017.

El solicitante podrá firmar la solicitud con cualquiera de los sistemas de firma electrónica establecidos en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Añadiendo a los sistemas ya establecidos el nuevo sistema de acceso a través de sistema de firma electrónica utilizando el DNI o mediante el sistema cl@ve provisto por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

El formulario de solicitud podrá descargarse en la página web de la Dirección General de Universidades: https://www.gobiernodecanarias.org/universidades/becas_ayudas/estudios_universitarios y en la sede electrónica de la Consejería de Educación y Universidades https://sede.gobiernodecanarias.org/educacionyuniversidades/

Conforme a lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común, se presume, salvo que el solicitante manifieste su oposición expresa en la solicitud, que se autoriza a la Dirección General de Universidades, al acceso a cuantas bases de datos sean necesarias para la comprobación de los datos indicados en la solicitud y de aquellos otros indispensables para el percibo de la ayuda.

Delegar en el Director General de Universidades la instrucción y resolución de la presente convocatoria y resolver las incidencias relacionadas con las mismas.

Santa Cruz de Tenerife, a 11 de agosto de 2017.

LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN

Y UNIVERSIDADES,

Soledad Monzón Cabrera.



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