BOC - 2017/125. Viernes 30 de Junio de 2017 - 3182

IV. Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Arona

3182 - EDICTO de 25 de abril de 2017, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000880/2014.

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D./Dña. Sara Argente Vicente, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

Sentencia

En Arona a 25 de abril de 2017.

Pronuncio yo, Nidia Méndez Marín, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Arona, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal nº 880/2014 seguidos ante este Juzgado a instancia de la entidad Banque PSA Finance Sucursal en España, representado por el procurador de los tribunales don Manuel Ángel Álvarez Hernández y bajo la dirección del letrado don Mario Santana González contra doña María Paula Domínguez Tejera y don José Luis Domínguez Pérez, declarados en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales don Manuel Ángel Alvarez Hernández, en el nombre y representación de la entidad Banque PSA Finance Sucursal en España, frente a doña María Paula Domínguez Tejera y don José Luis Domínguez Pérez, en su consecuencia, condeno a la demandada al pago de la cantidad de 3.084,53 euros que se reclama como principal, con más los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda y el pago de las costas procesales.

Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación ante la Sala de lo Civil de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife (artº. 455 LEC); recurso que habrá de interponerse en el plazo de 20 días desde la notificación de la misma en este Juzgado (artº. 458 LEC).

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, quedando la original en el libro de sentencias, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación.- Leída y publicada ha sido la anterior resolución por la Jueza que la suscribe estando celebrando audiencia en el día de la fecha. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. María Paula Domínguez Tejera y José Luis Domínguez Pérez, expido y libro el presente en Arona, a 25 de abril de 2017.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.



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