BOC - 2017/117. Martes 20 de Junio de 2017 - 2971

IV. Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Granadilla de Abona

2971 - EDICTO de 29 de mayo de 2017, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000565/2010.

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D./Dña. Elisabet Yaiza Martínez Ramiro, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Granadilla de Abona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Granadilla de Abona, a 29 de noviembre de 2016.

Vistos por el Iltre. Sr. D. José Alberto Barbosa González, Juez de Granadilla de Abona los presentes autos de Procedimiento ordinario, nº 0000565/2010 seguido entre partes, de una como demandante Dña. Georgea Margaretg Hernández Parada, dirigida por la Letrada Dña. Frauke H. Walzberg y representado por la Procuradora Dña. María Isabel Navarro Gómez y de otra, como demandada D. y Dña. Serge Francois Denis Hg Blote y Alicia Fernanda Cabrera García, en rebeldía el primero y debidamente representada y asistida la segunda, sobre reclamación de cantidad y daños.

Estimando la demanda interpuesta por Dña. María Isabel Navarro Gómez, en nombre y representación de Dña. Georgea Margaretg Hernández Parada, frente a D. 3Serge Francois Denis Hg Blote y Dña. Alicia Fernanda Cabrera García, condeno a dichos demandados soplidariamente a que satisfagan a la actora la suma de 71.000 euros por los defectos que presentaba el edificio, 12.000 euros por daños morales, más los intereses, gastos y costas del presente procedimiento.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Serge Francois Denis Hg Blote, expido y libro el presente en Granadilla de Abona, a 29 de mayo de 2017.- La Letrado/a de la Administración de Justicia.



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