BOC - 2017/73. Lunes 17 de Abril de 2017 - 1823

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Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento

1823 - EXTRACTO de la Orden de 5 de abril de 2017, por la que se efectúa convocatoria para el año 2017, de concesión de subvenciones para la modernización y diversificación del sector industrial.

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BDNS (Identif.): 341743.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero.- Beneficiarios.

Pequeñas y medianas empresas (pyme) cuya actividad principal sea industrial y cuyo proyecto objeto de subvención se realice en Canarias. También podrán presentarse sociedades en constitución, siempre que esta se efectúe conforme al Derecho Mercantil en el plazo establecido para ello en las bases de la convocatoria.

Segundo.- Objeto.

A) Línea I.- Inversiones en establecimientos industriales con el fin de crear un establecimiento nuevo, ampliar su capacidad, diversificar su producción, o realizar una transformación fundamental del proceso global de producción (se consideran dentro este último los proyectos de ahorro y eficiencia energética). La modalidad de creación de un nuevo establecimiento incluye el caso del traslado de un establecimiento industrial existente en suelo cuyo uso principal no sea industrial a un nuevo emplazamiento en suelo clasificado como industrial. Asimismo se encuentran dentro del objeto de esta línea las inversiones necesarias para obtener una acreditación ENAC en una pyme industrial que sea un laboratorio de ensayo o calibración.

B) Línea II.- Comprenderá los siguientes dos subtipos de actuaciones: Apoyo a la calidad en la producción, que tendrá por objeto: capacitar mediante acreditación de laboratorios de ensayo o de calibración, certificar productos industriales, crear o modernizar laboratorios de control de calidad en las pymes industriales, o implantar sistemas de inocuidad de los alimentos según ISO 22000 o de seguridad alimentaria tales como BRC o IFS. Incorporación de intangibles creadores de ventajas competitivas, que tendrá por objeto: incorporar diseño al producto (funcional o estético), mejorar su imagen y presentación, auditorías energéticas, o implantar normas de reconocido prestigio.

Tercer.- Bases reguladoras.

Orden de 17 de mayo de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para la modernización y diversificación del sector industrial (BOC nº 100, de 25.5.16).

Cuarto.- Cuantía.

Línea I: el porcentaje de subvención será variable, en función de la antigüedad de la pyme y del importe de la inversión aprobada del proyecto, calculándose por tramos conforme a la tabla que consta en la base específica 3ª. El porcentaje de subvención en los distintos tramos oscila entre el 20% y el 40%. En el tramo de inversión a partir de los 900.000 euros el porcentaje de subvención será cero. Si hay compromiso de creación de empleo fijo, el porcentaje resultante del computo anterior podrá incrementarse hasta en 5 puntos porcentuales. La inversión mínima será de 10.000 euros y la subvención máxima será de 240.000 euros, excepto en los proyectos de ahorro y eficiencia energética, en los que la cuantía máxima estará limitada a 75.000 euros.

Línea II: el porcentaje de subvención estará comprendido entre el 40% y el 50% de la inversión aprobada, con una cuantía máxima por proyecto de 30.000 euros para el subtipo de actuaciones de apoyo a la calidad en la producción y de 10.000 euros para el resto.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

Un mes a contar a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias, finalizando a las 14:00 horas del último día de dicho plazo. Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

Sexto.- Otros datos.

Podrá concederse el abono anticipado para aquellos proyectos subvencionados que lo soliciten, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en las bases reguladoras y en la Orden de convocatoria. En los casos que proceda el abono anticipado, se tramitará sin régimen de garantías. Los proyectos objeto de subvención podrán tener carácter anual o plurianual. La presentación de solicitudes se realizará obligatoriamente de forma telemática para empresas con personalidad jurídica, a través del Registro Electrónico de la Dirección General de Industria y Energía en su sede electrónica: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites.

Las personas físicas podrán presentar sus solicitudes en el citado registro pero podrán también presentarlas en forma presencial.

Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de abril de 2017.

EL CONSEJERO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA,

COMERCIO Y CONOCIMIENTO,

Pedro Ortega Rodríguez.



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