BOC - 2017/60. Lunes 27 de Marzo de 2017 - 1406

IV. Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Puerto del Rosario

1406 - EDICTO de 29 de septiembre de 2015, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000256/2015.

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Dña. Mónica Paula Marrero Penichet, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Puerto del Rosario y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Puerto del Rosario, a 28 de septiembre de 2015.

Vistos por mí, D. Javier Ercilla García Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Puerto del Rosario, los presentes autos del Juicio Verbal seguidos en este Juzgado con el nº 256/2015 a instancia del Presidente de la Comunidad, Dña. Marta María Martín Saá, en nombre y representación de la Comunidad de Titulares de Cuotas Indivisas del Edificio "Club Atlántico Playa" contra D. Klaus Bernd Eugen Gisder y Dña. Monika Gisder, en reclamación de cantidad, intereses y costas.

FALLO

Debo estimar y estimo la demanda interpuesta por el Presidente de la Comunidad Dña. Marta María Martín Saá, en nombre y representación de la Comunidad de Titulares de Cuotas Indivisas del Edificio "Club Atlántico Playa" contra la entidad D. Klaus Bernd Eugen Gisder y Dña. Monika Gisder, y, en consecuencia, debo condenar y condeno a las mismas a abonar a la actora la cantidad de 1.924 euros más los intereses legales desde la interpelación judicial, y las costas del presente procedimiento.

Notifíquese a las partes y hágaseles saber que contra la misma no cabe interponer recurso alguno.

Líbrese testimonio de la presente para su unión a los autos de que dimana, publicándose la original en el Libro de Sentencias y Autos Definitivos de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Klaus Bernd Eugen Gisder y Monika Gisder, expido y libro el presente en Puerto del Rosario, a 29 de septiembre de 2015.- La Secretaria Judicial.



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