BOC - 2017/60. Lunes 27 de Marzo de 2017 - 1402

III. Otras Resoluciones

Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad

1402 - Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 13 de marzo de 2017, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 6 de marzo de 2017, de toma de conocimiento de la Sentencia firme de 21 de octubre de 2016, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo nº 129/2014.

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En aplicación de la legislación vigente, por la presente,

R E S U E L V O:

Dar publicidad, en el Boletín Oficial de Canarias, al Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 6 de marzo de 2017, por el que se toma conocimiento de la Sentencia firme de fecha 21 de octubre de 2016, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo nº 129/2014, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de marzo de 2017.- El Director General de Ordenación del Territorio, Pedro Afonso Padrón.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión ordinaria celebrada el 6 de marzo de 2017, en su sede de Santa Cruz de Tenerife, adoptó entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero.- Tomar conocimiento de la Sentencia firme de 21 de octubre de 2016, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso-Administrativo, que estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo nº 129/2014 interpuesto por la representación procesal de la entidad Compañía Española de Petróleos, S.A.U. CEPSA contra el Acuerdo de la COTMAC de 30 de julio de 2013 de aprobación definitiva y parcial de la Revisión del Plan General de Ordenación de Santa Cruz de Tenerife anulando parcialmente el Plan impugnado en cuanto al uso cultural y la tipología de la manzana donde se ubica el almacén de la refinería. Sin imposición de costas.

Segundo.- Dar traslado al Servicio Técnico de Planeamiento Urbanístico Occidental para que proceda a identificar en el documento que obra en la Consejería los documentos afectados por el fallo de la sentencia con objeto de estampillar la correspondiente diligencia de nulidad.

Tercero.- Dar traslado del presente Acuerdo al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, a fin de que lleve la sentencia a puro y debido efecto y una vez lo materialice en el plan, lo comunique a esta Administración.

Cuarto.- Notificar el Acuerdo al Tribunal Superior de Justicia de Canarias, al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife y a la Viceconsejería de los Servicios Jurídicos del Gobierno de Canarias y publicar en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto de trámite no cabe interponer recurso, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- La Secretaria de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, Belén Díaz Elías.



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