BOC - 2017/60. Lunes 27 de Marzo de 2017 - 1400

III. Otras Resoluciones

Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad

1400 - Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 13 de marzo de 2017, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 6 de marzo de 2017, de toma de conocimiento de la Sentencia firme de 8 de julio de 2016, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo nº 31/2013.

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En aplicación de la legislación vigente, por la presente,

R E S U E L V O:

Dar publicidad, en el Boletín Oficial de Canarias, al Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 6 de marzo de 2017, por el que se toma conocimiento de la Sentencia firme de fecha 8 de julio de 2016, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo nº 31/2013, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de marzo de 2017.- El Director General de Ordenación del Territorio, Pedro Afonso Padrón.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión ordinaria celebrada el 6 de marzo de 2017, en su sede de Santa Cruz de Tenerife, adoptó entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero.- Tomar conocimiento de la Sentencia firme de fecha 8 de julio de 2016, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda (sede de Las Palmas de Gran Canaria), que estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo 31/2013, anulando el acuerdo impugnado en lo que se refiere a la asignación de la ordenanza RB2 (actual E-45) a las parcelas propiedad de la recurrente y a las otras que se encuentren en idéntica situación dentro de la Unidad de Actuación 16, a fin de establecer el principio equidistributivo y de igualdad. Sin imposición de las costas procesales.

Segundo.- Dar traslado al Servicio de Planeamiento Urbanístico Oriental a fin de que identifique en el ejemplar que obra en esta Consejería, los documentos afectados por el fallo de la sentencia para estampillar la correspondiente diligencia de nulidad.

Tercero.- Dar traslado al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para que la lleve a puro y debido efecto, y una vez materializado en el documento del Plan General, lo comunique a esta Administración.

Cuarto.- Notificar el Acuerdo al Tribunal Superior de Justicia de Canarias, al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, al Cabildo de Gran Canaria y a la Viceconsejería de los Servicios Jurídicos del Gobierno de Canarias. Asimismo, y a efectos de su conocimiento, dar traslado al Servicio Jurídico Administrativo de Planeamiento Urbanístico Oriental de la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad.

Quinto.- Publicar el Acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto de trámite no cabe interponer recurso, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- La Secretaria de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, Belén Díaz Elías.



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