BOC - 2017/59. Viernes 24 de Marzo de 2017 - 1361

III. Otras Resoluciones

Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad

1361 - ORDEN de 15 de marzo de 2017, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Instituto Canario de Igualdad para el periodo 2017-2019.

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La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece, con carácter de normativa básica, en su artículo 8.1, que los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que se propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

El artículo 10.1 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, establece que los planes estratégicos de subvenciones se configuran como un instrumento de planificación de políticas públicas que tengan como objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.

El artículo 6.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, dispone que se aprobará un plan estratégico por cada Departamento, que abarcará las subvenciones tanto de sus órganos como de los organismos y demás entes públicos a él vinculados, por lo que corresponde al o la titular de la Consejería la aprobación del mismo.

El citado artículo prevé, en su punto 2, la posibilidad de aprobar planes estratégicos especiales de ámbito inferior al departamental.

El Instituto Canario de Igualdad es un organismo autónomo de carácter administrativo, que se rige por la Ley 1/1994, de 13 de enero; está adscrito a esta Consejería en aplicación de lo dispuesto en el artículo 1 de la citada disposición legal y en el artículo 4.b) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, aprobado por el Decreto 382/2015, de 28 de diciembre; que tiene atribuido como objetivo primordial promover las condiciones que hagan real y efectiva la igualdad del hombre y la mujer en todos los ámbitos de la vida política, económica, cultural y social de Canarias.

En cumplimiento de las previsiones señaladas y teniendo en cuenta la propuesta elevada por la Directora del Instituto Canario de Igualdad y visto el informe emitido, con fecha 6 de marzo de 2017, por la Dirección General de Planificación y Presupuesto, preceptivo en aplicación de lo establecido en el artículo 6.4 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, de conformidad con las competencias que me atribuye el Reglamento Orgánico de esta Consejería,

R E S U E L V O:

Primero.- Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones del Instituto Canario de Igualdad para el periodo 2017-2019, en los términos que se contiene en el anexo que se acompaña.

Segundo.- El Plan Estratégico aprobado tiene carácter programático y su contenido no crea derecho ni obligaciones, quedando condicionada su efectividad a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes a las disponibilidades presupuestarias del correspondiente ejercicio y al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria que se establezcan para la Comunidad Autónoma de Canarias.

Tercero.- Publíquese la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 31.1.a) de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública.

Santa Cruz de Tenerife, a 15 de marzo de 2017.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA,

JUSTICIA E IGUALDAD,

José Miguel Barragán Cabrera.



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