BOC - 2017/26. Martes 7 de Febrero de 2017 - 587

IV. Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Granadilla de Abona

587 - EDICTO de 15 de septiembre de 2016, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0001086/2011.

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CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución, sentencia de fecha 15 de septiembre de 2016, del tenor literal siguiente:

"SENTENCIA

En Granadilla de Abona, a quince de septiembre de dos mil dieciséis.

D. Fernando Piñana Batista, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº Uno, de los de este Partido judicial, habiendo visto los presentes autos de Juicio ordinario nº 1086/2011, promovidos por P.R.A. Iberia, S.L. Unipersonal bajo la dirección letrada de don Jordi Bosch Viñas, y representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Buenaventura Alfonso González, contra D. Jorge Félix Rodríguez González y Dña. Maritza Francisca González Sosa, en rebeldía.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por P.R.A. Iberia, S.L. Unipersonal contra D. Jorge Félix Rodríguez González y Dña. Maritza Francisca González Sosa, se condena a los demandados a pagar a la actora la suma de 17.264,31 euros por principal, más 4.645,26 euros por intereses. Se condena en costas a la parte demandada.

Contra esta sentencia, podrá prepararse recurso de apelación en el plazo de cinco días ante este Juzgado.

Así por esta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, la pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de D. Jorge Félix Rodríguez González y Maritza Francisca González Sosa, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación de sentencia a los demandados.

En Granadilla de Abona, a 15 de septiembre de 2016.- El/la Letrado de la Administración de Justicia.



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