BOC - 2016/138. Martes 19 de Julio de 2016 - 2469

V. Anuncios

Otros anuncios

Otras Administraciones Públicas

Universidad de La Laguna

2469 - EXTRACTO de la Resolución de 11 de julio de 2016, por la que se modifica la Resolución de 10 de junio de 2016, que se convoca becas de colaboración de estudiantes de posgrado (Máster y Doctorado) vinculadas a la difusión de la actividad investigadora.

Descargar en formato pdf

BDNS (Identif.): 308954.

De acuerdo con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Resolución de este Vicerrectorado de fecha 11 de julio de 2016, que modifica la anterior de fecha 10 de junio de 2016, con identificados en la BDNS 308954. El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index) y en la página web https://www.ull.es/viewcontent/institucional/ull/2751328/es.

Primero.- Finalidad.

El texto de la base primera de la convocatoria queda como sigue:

1. Es objeto de las becas la realización de las actividades de difusión de la investigación relacionada con grupos de investigación con presencia en las líneas de investigación en programas de doctorado del curso 2015-2016. El plan de trabajo derivado de la concesión de estas becas se desarrollará en el seno de los grupos de investigación de los que se difundirá su actividad investigadora, permitiendo a los alumnos completar la formación recibida en los estudios de posgrado. La actividad de difusión comprenderá al menos la grabación de un video de corta duración donde se describa la actividad investigadora del grupo, con el apoyo de la UDV (unidad de docencia virtual de la ULL), y la participación en unas jornadas de difusión organizadas por el Vicerrectorado de Investigación de la ULL.

2. Las becas van dirigidas a personas matriculadas en un máster o programa de doctorado de la Universidad de La Laguna (en adelante ULL) en el curso 2015-2016. Los alumnos matriculados en máster con titulaciones de Diplomado, Arquitecto técnico o Ingeniero técnico, solo podrán presentarse si han superado 60 créditos en la convocatoria de junio de 2016.

3. El solicitante deberá adscribir su solicitud a un grupo de investigación de la ULL (listado de grupos anexo 2 de la presente convocatoria). Un mismo grupo no podrá avalar más de una solicitud. Un mismo interesado no podrá presentar más de una solicitud.

Segundo.- Régimen de las becas.

El texto del punto 1 de la base quinta de la convocatoria queda como sigue:

La beca no será compatible con otras becas o ayudas predoctorales pero sí con otras ayudas del Programa de Formación de Investigadores del Vicerrectorado de Investigación 2016. Así mismo será incompatible con actividades profesionales o laborales, sea por cuenta propia o ajena y con la percepción de prestaciones por desempleo. En el caso de concesión de la beca, el beneficiario deberá presentar declaración jurada de que no concurre ninguna de las circunstancias mencionadas.

Tercero.- Obligaciones de los beneficiarios.

La letra b) de la base sexta de la convocatoria queda redactado en la forma siguiente:

b) Realizar la actividad objeto de la beca, bajo la dirección y supervisión del Coordinador del Grupo de Investigación por el que se solicita la beca. En todo caso se deberá realizar las acciones señaladas en el punto 3 de la base primera de la convocatoria.

Cuarto.- Instrucción del procedimiento y criterios de selección.

El punto 1 de la base décima de la convocatoria queda redactado como sigue:

1. La selección de los becarios se realizará teniendo en la Nota Media Ponderada (=NMP), resultado obtenido a partir de la Nota Media del Expediente del Solicitante (=NMES), la Nota Media de la Titulación en el año que finalizó sus estudios (=NMT) y la Nota Media de la Universidad de La Laguna en el año en que finalizó sus estudios (=NMU), según la siguiente fórmula:

[NMP = NMES -(NMT-NMU)]

En el caso de titulaciones de Diplomado, Arquitecto técnico o Ingeniero técnico la nota media ponderada se obtendrá considerando las notas medias y los créditos de la titulación y del máster superado.

La nota media ponderada computará hasta un máximo de 4 puntos. A la nota obtenida se sumará 1,5 puntos en los casos en que el solicitante adscriba su solicitud a un grupo de investigación con proyecto/proyectos de investigación vigentes a fecha 1 de enero de 2014 o posteriormente hasta la fecha de publicación de la presente convocatoria.

Quinto.- Otros datos.

Se modifica el Anexo 1 relativo al impreso de solicitud de beca, y el Anexo 2, relativo a los grupos de investigación por los que puede solicitarse la beca. Ambos anexos quedan sustituidos por los que figuran en la resolución de modificación de la convocatoria.

Sexto.- Plazo de presentación de solicitudes.

Se abre un nuevo plazo de presentación de solicitudes de diez hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de Canarias. Los interesados que hayan presentado solicitud, deberán aportar nuevamente el impreso de solicitud conforme al nuevo modelo Anexo 1.

La Laguna, a 11 de julio de 2016.- El Vicerrector de Investigación, (p.d. Resolución de 3.7.15, del Rector de la Universidad de La Laguna; BOC de 13.7.15), Francisco Almeida Rodríguez.



© Gobierno de Canarias