BOC - 2016/97. Viernes 20 de Mayo de 2016 - 1463

III. Otras Resoluciones

Consejería de Hacienda

1463 - Intervención General.- Corrección de errores de la Resolución de 29 de marzo de 2016, sobre el desarrollo de la función de comprobación material del gasto (BOC nº 98, de 29.3.16).

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Advertido error en la Resolución nº 98, de 29 de marzo de 2016, sobre el desarrollo de la función de comprobación material del gasto, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 68, de 11 de abril de 2016, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:

En la página 9361, donde dice: «Si el acto de recepción se efectuase en islas no capitalinas, actuará, con carácter general como representante la persona titular de la Intervención Insular de la isla en la que se realice el acto de recepción. De no existir Intervención Insular o figurar vacante el puesto, se nombrará a la persona titular de la Intervención Delegada a la que corresponda el control del bien o prestación a recepcionar o un funcionario o funcionaria de la misma, salvo en las islas de Lanzarote y Fuerteventura que asistirá la personal titular de la Intervención Insular de Fuerteventura.

La designación se efectuará, en todos los casos, por riguroso turno rotatorio entre el personal de los Grupos A1 y A2 del Centro Directivo, salvo en los supuestos en los que el nombramiento deba recaer en quien ostente la titularidad de la Intervención Insular».

Debe decir: «Si el acto de recepción se efectuase en islas no capitalinas, actuará, con carácter general como representante el responsable insular de la Intervención Delegada sobre los derechos e ingresos en el ámbito tributario de la isla en la que se realice el acto de recepción. De no existir responsable insular de la Intervención Delegada sobre los derechos e ingresos en el ámbito tributario o figurar vacante, se nombrará a la persona titular de la Intervención Delegada a la que corresponda el control del bien o prestación a recepcionar o un funcionario o funcionaria de la misma, salvo en las islas de Lanzarote y Fuerteventura que asistirá el responsable insular de la Intervención Delegada sobre los derechos e ingresos en el ámbito tributario con destino en Fuerteventura.

La designación se efectuará, en todos los casos, por riguroso turno rotatorio entre el personal de los Grupos A1 y A2 del Centro Directivo, salvo en los supuestos en los que el nombramiento deba recaer en el responsable insular de la Intervención Delegada sobre los derechos e ingresos en el ámbito tributario».

Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de mayo de 2016.- La Interventora General, María del Pino Martínez Santana.



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