BOC - 2016/91. Jueves 12 de Mayo de 2016 - 1319

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Consejería de Turismo, Cultura y Deportes

1319 - Dirección General de Ordenación y Promoción Turística.- Anuncio de notificación de 3 de mayo de 2016, en procedimiento de dispensa de restauración.

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Acreditada la imposibilidad de notificación en los términos previstos en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente se cita a D. Joel Prieto Hernández, con N.I.F. 42224743D, con el fin de notificarle por comparecencia el requerimiento efectuado por esta Dirección General para subsanar solicitud relativa al expediente 2016/0911/77, en procedimiento de dispensa de las condiciones y requisitos mínimos exigidos por el Decreto 90/2010, de 22 de julio, por el que se regula la actividad turística de restauración y los establecimientos donde se desarrolla, modificado por Decreto 29/2013, de 31 de enero.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deberá comparecer en el plazo máximo de diez (10) días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado, en las dependencias de la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística sita en la calle León y Castillo, nº 200, Edificio de Usos Múltiples III, planta 5ª, de Las Palmas de Gran Canaria o en la Avenida de Anaga, nº 35, Edificio de Servicios Múltiples I, planta 1ª, de Santa Cruz de Tenerife. La comparecencia se efectuará en horario comprendido entre las 9,00 y las 14,00 horas, de lunes a viernes.

Si transcurrido el citado plazo no se hubiese comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer, continuándose la tramitación del expediente a los efectos oportunos.

Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de 2016.- La Directora General de Ordenación y Promoción Turística, Candelaria Umpiérrez Ramos.



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