BOC - 2016/90. Miércoles 11 de Mayo de 2016 - 1273

III. Otras Resoluciones

Consejería de Turismo, Cultura y Deportes

1273 - ORDEN de 4 de mayo de 2016, por la que se corrigen errores detectados en la Orden Departamental que convoca subvenciones, para el ejercicio 2016, destinadas a desplazamientos de deportistas, de técnicos y auxiliares a competiciones y actividades de ámbito interinsular, estatal e internacional, de técnicos para impartir cursos de formación, supervisión y seguimiento de deportistas, así como los desplazamientos de los miembros de los Órganos de Gobierno y de representación de las Federaciones Deportivas Canarias (BOC nº 77, de 21 de abril de 2016).

Descargar en formato pdf

La titular de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes, mediante la correspondiente Orden Departamental, ha aprobado las bases que ha de regir en la convocatoria, para el presente año, relativas a la concesión de subvenciones en el área de deportes que se relaciona a continuación, que ha sido publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 77, de 21 de abril de 2016:

- Orden de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes nº 89/2016, de fecha 13 de abril de 2016, por la que se convocan para el ejercicio 2016 subvenciones destinadas a desplazamientos de deportistas, de técnicos y auxiliares a competiciones y actividades de ámbito interinsular, estatal e internacional, de técnicos para impartir cursos de formación, supervisión y seguimiento de deportistas, así como los desplazamientos de los miembros de los Órganos de Gobierno y de representación de las Federaciones Deportivas Canarias.

En el resuelvo cuarto de la citada Orden se establecen los plazos de presentación de solicitudes dependiendo del periodo en el que se han realizado los desplazamientos.

Se ha detectado que, por error, dos de esos plazos [puntos c) y d)] hacen referencia a la anualidad 2015, cuando deberían ser desplazamientos realizados en el año 2016.

En atención a lo expuesto y, de acuerdo a lo previsto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, que establece: "Las administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en su actos".

El error que se subsana obedece a una simple equivocación elemental de fechas, que se aprecia teniendo en cuenta exclusivamente los datos que obran en el expediente administrativo, siendo un error patente y claro, cuya corrección no requiere ningún juicio valorativo ni interpretación jurídica.

R E S U E L V O:

Primero.- Corregir el error advertido en el resuelvo cuarto, letras c) y d) de la Orden de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes, por la que se convocan para el ejercicio 2016, subvenciones destinadas a desplazamientos de deportistas, de técnicos y auxiliares a competiciones y actividades de ámbito interinsular, estatal e internacional, de técnicos para impartir cursos de formación, supervisión y seguimiento de deportistas, así como los desplazamientos de los miembros de los Órganos de Gobierno y de representación de las Federaciones Deportivas Canarias.

En el resuelvo cuatro, donde dice:

c) Para los desplazamientos realizados en el tercer periodo (1 de abril al 30 junio de 2015): el plazo para presentar la correspondiente solicitud será desde el día 1 al 11 de julio de 2016, ambos incluidos.

d) Para los desplazamientos realizados en el cuarto periodo (1 de julio a 31 de agosto de 2015): el plazo para presentar la correspondiente solicitud será desde el día 1 al 12 de septiembre de 2016, ambos incluidos.

Debe decir:

c) Para los desplazamientos realizados en el tercer periodo (1 de abril al 30 junio de 2016): el plazo para presentar la correspondiente solicitud será desde el día 1 al 11 de julio de 2016, ambos incluidos.

d) Para los desplazamientos realizados en el cuarto periodo (1 de julio a 31 de agosto de 2016): el plazo para presentar la correspondiente solicitud será desde el día 1 al 12 de septiembre de 2016, ambos incluidos.

Segundo.- En aplicación de lo previsto en el artículo 17.3, letra b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dicha corrección de errores se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y un extracto de esta en el Boletín Oficial de Canarias por conducto de la BDNS.

Tercero.- Procédase a notificar la presente Orden mediante su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de mayo de 2016.

LA CONSEJERA DE TURISMO,

CULTURA Y DEPORTES,

María Teresa Lorenzo Rodríguez.



© Gobierno de Canarias