De conformidad con lo establecido en el artículo 33.2.c) de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, dispongo que se publique en el Boletín Oficial de Canarias el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias de 22 de diciembre de 2015, que se acompaña como anexo, en relación con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de enero de 2016.- El Viceconsejero de la Presidencia, José Miguel Barragán Cabrera.
A N E X O
ACUERDO DE LA COMISIÓN BILATERAL DE COOPERACIÓN ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO-COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS EN RELACIÓN CON LA LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias ha adoptado el siguiente Acuerdo:
1. Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas en relación con los artículos 1.1 y 1.2 y el Título VI (artículos 127 a 133, ambos inclusive) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Designar un grupo de trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.
3. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional, a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de Canarias.- Madrid, a 22 de diciembre de 2015.- Cristóbal Montoro Romero, Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas.- Patricia Hernández Gutiérrez, Vicepresidenta del Gobierno de Canarias.
© Gobierno de Canarias