BOC - 2015/249. Jueves 24 de Diciembre de 2015 - 5717

IV. Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Puerto del Rosario

5717 - EDICTO de 24 de julio de 2015, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de modificación de medidas definitivas nº 0000135/2015.

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D. José Carlos Hernández Acosta, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Puerto del Rosario y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Puerto del Rosario, a 24 de julio de 2015.

Vistos por el/la Ilmo./a. Sr./Sra. D./Dña. Clara Eugenia Franco Pardo, Jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Puerto del Rosario los presentes autos de modificación de medidas definitivas, nº 135/2015 seguido entre partes, de una como demandante Dña. Yessica del Carmen Gil Hernández, representada por la Procuradora Dña. Isabel Naya Nieto y dirigida por el Letrado D. Miguel Ángel Viera Pérez, y de otra como demandada D. Isaías Fernández Mejías, que no compareció habiendo sido legalmente citado, con intervención del Ministerio Fiscal.

FALLO

Que estimando la demanda presentada por la representación procesal de Dña. Yessica del Carmen Gil Hernández contra D. Isaías Fernández Mejías, debo acordar y acuerdo la modificación del régimen de visitas establecido en la sentencia de 14 de noviembre de 2015 quedando establecido de la siguiente manera, permaneciendo el resto de las medidas invariables:

Fines de semana: le corresponde al padre tener consigo a la menor el último fin de semana de cada mes desde las 20:00 horas de viernes hasta las 20:00 horas del domingo.

Vacaciones de verano: le corresponde al padre tener consigo a la menor un mes y medio, que comprenderá o bien desde mitad de julio y agosto, o bien todo julio y mitad de agosto, eligiendo la madre los años pares y el padre los años impares.

Los progenitores pagarán los billetes de avión de la menor al cincuenta por cien (50%). Todo ello sin hacer expresa imposición de las costas causadas.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D. Isaías Fernández Mejías, expido y libro el presente en Puerto del Rosario, a 24 de julio de 2015.- El Secretario Judicial.



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