BOC - 2015/249. Jueves 24 de Diciembre de 2015 - 5716

IV. Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Granadilla de Abona

5716 - EDICTO de 24 de noviembre de 2015, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000090/2015.

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D./Dña. José Damián Bailón Pérez-Milá, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Granadilla de Abona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Granadilla de Abona, a 23 de noviembre de 2015.

Vistos por el lltre. Sr. D. José Pablo Carrera Fernández, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº Tres de esta ciudad y su partido judicial, los presentes autos de Juicio Verbal nº 90/2015, instados por Comunidad de Propietarios La Quinta de Abona contra Dña. Tania Rancel Amaral. El objeto del proceso lo constituye la pretensión de reclamación de cantidades debidas en concepto de gastos de comunidad en régimen de propiedad horizontal.

FALLO

Estimo íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dña. Amparo Duque Martín de Oliva, en nombre y representación de Comunidad de Propietarios La Quinta de Abona contra Dña. Tania Rancel Amaral y condeno a la demandada a satisfacer al actor la cantidad de 1.011,09 euros y al pago de las costas procesales.

La cantidad objeto de condena devengará el interés procesal de artículo 576 LEC desde la fecha de la sentencia.

La presente sentencia, que se notificará a las partes es firme y contra la misma no cabe interponer recurso ordinario alguno.

Así, por esta mi sentencia, de la que se deducirá testimonio para su unión a los autos, juzgando definitivamente en primera y única instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Concuerda íntegramente con su original el cual queda incorporado al legajo de resoluciones definitivas previsto en el artículo 213-213 Bis de LEC, se expide y firma el presente testimonio para la formación de los autos en Granadilla de Abona, a 24 de noviembre de 2015.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Tania Rancel Amaral, expido y libro el presente en Granadilla de Abona, a 24 de noviembre de 2015.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.



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