BOC - 2015/228. Martes 24 de Noviembre de 2015 - 5227

III. Otras Resoluciones

Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad

5227 - Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 11 de noviembre de 2015, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 29 de octubre de 2015, relativo a la toma de conocimiento de la Sentencia firme de 12 de diciembre de 2014, del Tribunal Supremo, que resuelve haber lugar al recurso de casación 4458/2012 y desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el Acuerdo de la COTMAC de 3 de noviembre de 2014, por el que se aprueba definitivamente la adaptación básica de las normas subsidiarias de Teror.

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En aplicación de la legislación vigente, por la presente,

RESUELVO:

Dar publicidad, en el Boletín Oficial de Canarias, al Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 29 de octubre de 2015, relativo a la toma de conocimiento de la Sentencia firme de 12 de diciembre de 2014, del Tribunal Supremo, que resuelve haber lugar al recurso de casación nº 4458/2012 y desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el Acuerdo adoptado por la COTMAC en la sesión de fecha 3 de noviembre de 2014, por el que se aprueba definitivamente la adaptación básica de las Normas Subsidiarias de Teror, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de noviembre de 2015.- El Director General de Ordenación del Territorio, Pedro Afonso Padrón.

ANEXO

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el día 29 de octubre de 2015, en su sede de Santa Cruz de Tenerife, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Tomar conocimiento de la Sentencia de fecha 17 de junio de 2011 dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda, que estima el recurso contencioso-administrativo nº 327/2009 interpuesto por Dña. Lidia Esther Guerra del Rosario, D. Antonio Ojeda Herrera, D. Antonio Santana Cabrera y D. Cornelio Luís del Carmen Santana Gil contra el Acuerdo de la COTMAC de fecha 3 de noviembre de 2004, por el que se aprueba definitivamente la adaptación básica de las Normas Subsidiarias de Teror y anula "el acuerdo objeto de impugnación", en lo que se refiere a la recalificación del Auditorio municipal como Sistema General Cultural, por no ser conforme a Derecho. Sin pronunciamiento sobre las costas del proceso.

Segundo.- Tomar conocimiento de la Sentencia firme de 12 de diciembre de 2014 del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Quinta, que resuelve haber lugar al recurso de casación nº 4458/2012 casando y anulando la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de fecha 17 de junio de 2011 y desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Dña. Lidia Esther Guerra del Rosario, D. Antonio Ojeda Herrera, D. Antonio Santana Cabrera y D. Cornelio Luís del Carmen Santana Gil contra el Acuerdo adoptado por la COTMAC en la sesión de fecha 3 de noviembre de 2014, por el que se aprueba definitivamente la adaptación básica de las Normas Subsidiarias de Teror. Sin pronunciamiento sobre las costas del proceso.

Tercero.- Notificar el Acuerdo al Tribunal Superior de Justicia de Canarias, al Ayuntamiento de Teror y a la Viceconsejería de los Servicios Jurídicos del Gobierno de Canarias. Asimismo, y a efectos de su conocimiento, dar traslado al Servicio Jurídico Administrativo de Planeamiento Urbanístico Oriental de la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad.

Cuarto.- Publicar el Acuerdo que se adopte en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto de trámite no cabe interponer recurso, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- Belén Díaz Elías, Secretaria de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias.



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