Con fecha 9 de marzo de 2009, el entonces Sr. Coordinador General del Área de Cultura, Patrimonio Histórico y Museos de este Excmo. Cabildo Insular dictó, entre otras, Resolución que rectifica la anterior de 23 de diciembre de 2008, quedando fijada esta última con el siguiente tenor literal:
"Visto Acuerdo Plenario del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife de fecha 28 de noviembre de 2008, adoptado por unanimidad, cuyo tenor literal es el siguiente.
"1.- El Cabildo insular de Tenerife promoverá el procedimiento, en los términos regulados por la Ley, para la modificación de la declaración de "Las Raíces" como Bien de Interés Cultural o su desafección.
2.- Dado que en "Las Raíces" se produjo un acontecimiento aciago y triste, pero de indudable trascendencia para el devenir de la historia contemporánea, el Cabildo Insular de Tenerife promoverá la retirada del actual monumento y la instalación, en su lugar, de una mención de los hechos históricos allí acaecidos, sin exaltación de ninguno de los enfrentados.
3.- El Cabildo Insular de Tenerife propondrá al Director del Museo Militar Regional de Canarias el traslado del monumento a sus instalaciones, sin perjuicio de la autonomía que las instituciones museísticas poseen."
Resultando, que con fecha 11 de diciembre de 2008, la Comisión Insular de Patrimonio Histórico-Artístico del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife dictamina favorablemente incoar expediente para la desafectación del Bien de Interés Cultural, así como proponer al Director del Museo Militar Regional de Canarias el traslado del monumento a sus instalaciones, sin perjuicio de la autonomía que las instituciones museísticas poseen.
Considerando, que el Decreto 4395/1964, de 23 de diciembre, declaró Bien de Interés Cultural con la categoría de Conjunto Histórico el lugar denominado Las Raíces, publicándolo en el Boletín Oficial del Estado nº 17, de 20 de enero de 1965.
Considerando, que el artículo 25 de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias dispone que previa instrucción del correspondiente expediente por el mismo procedimiento que para el caso de la declaración, y mediante decreto, puede quedar sin efecto la declaración de bien de interés cultural, requiriéndose, en todo caso, informe favorable, de al menos, dos de las instituciones consultivas correspondientes y del Consejo Canario del Patrimonio Histórico.
Considerando, que el Sr. Coordinador General del Área de Cultura, Patrimonio Histórico y Museos ostenta las competencias de este Cabildo Insular en materia de patrimonio histórico, en virtud del Acuerdo del Pleno corporativo de fecha 5 de julio de 2007 y Acuerdo del Consejo de Gobierno Insular de fecha 6 de julio de 2007.
Es por lo que
R E S U E L V O:
1º.- Incoar expediente de desafectación de declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Conjunto Histórico, a favor de "Las Raíces", en el término municipal de El Rosario.
2º.- Comunicar la presente Resolución a la Dirección General de Cooperación y Patrimonio Cultural del Gobierno de Canarias y al Ayuntamiento del Rosario, a los efectos oportunos.
3º.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias y abrir un periodo de información pública, a fin de que cuantos tengan interés puedan aducir lo que estimen procedente durante un plazo de veinte (20) días, contados a partir del siguiente al de publicación de la presente resolución en el citado boletín, a cuyo fin el expediente podrá ser examinado en la Unidad de Patrimonio Histórico, Avenida San Sebastián, nº 8, 2º planta, Santa Cruz de Tenerife, de lunes a viernes, de 00:09 a 13:00 horas."
Santa Cruz de Tenerife, a 16 de septiembre de 2015.- La Consejera de Juventud, Igualdad y Patrimonio Histórico, Josefa Mesa Mora.
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