D./Dña. Esperanza Torregrosa Sala, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Arona y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Arona, a 27 de enero de 2015.
Vistos por mí, Dña. Ana María Martín-Nieto Martín, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de los de esta ciudad y su partido, los presentes autos, que se han tramitado por el procedimiento previsto para el Juicio Ordinario con el nº 238/2013, siendo parte demandante Dña. Clotilde Cristelia Reyes Ramos, representada por el Procurador de los Tribunales D. José Antonio Campanario Melián, y dirigida por el Letrado D. Fidel Rodríguez Escuela, frente a D. José Luis Reyes Ramos en rebeldía procesal
FALLO
Estimo íntegramente la demanda presentada por el Procurador de los Tribunales, D. José Antonio Campanario Melián, en nombre y representación de Dña. Clotilde C. Reyes Ramos, frente a D. José Luis Reyes Ramos y en su virtud le condeno al abono de la cantidad de veintisiete mil novecientos cuarenta euros (27.940 euros), más el interés legal y las costas.
Notifíquese esta resolución a las partes personadas haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado y para su resolución por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Sra. Juez que la suscribe en Arona. Doy fe.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. José Luis Reyes Ramos, y para su publicación en el Boletín Oficial de Canarias expido y libro el presente en Arona, a 3 de febrero de 2015.- El/la Secretario/a Judicial.
© Gobierno de Canarias