BOC - 2015/103. Lunes 1 de Junio de 2015 - 2583

III. Otras Resoluciones

Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda

2583 - DECRETO 100/2015, de 22 de mayo, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento "La Ermita de San Diego y los bienes Muebles Vinculados a la misma", situada en el término municipal de San Cristóbal de La Laguna, isla de Tenerife, delimitando su entorno de protección.

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Visto el expediente instruido por el Cabildo Insular de Tenerife, para la declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, a favor de "La Ermita de San Diego y los Bienes Muebles Vinculados a la misma", situada en el término municipal de San Cristóbal de La Laguna, y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

I. Mediante Resolución de la Consejera Insular de Cultura, Educación, Empleo y Juventud del Cabildo Insular de Tenerife, de 19 de marzo de 2003, se incoa expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, a favor de "La Ermita de San Diego", situada en el término municipal de San Cristóbal de La Laguna, y sometiéndose el mismo a información pública, por el plazo legalmente establecido, consta la presentación de alegaciones, las cuales fueron desestimadas.

II. Posteriormente, la Resolución del Coordinador General de Cultura, Patrimonio Histórico y Museos del Cabildo Insular de Tenerife, de 4 de marzo de 2008, modificó la justificación de la delimitación y la descripción del Bien de Interés Cultural contenidas en el Anexo I de la citada Resolución.

III. Mediante la Resolución del Director Insular de Cultura y Patrimonio Histórico del Cabildo Insular de Tenerife, de 25 de mayo de 2012, se incorpora al expediente la relación de Bienes Muebles Vinculados, contenida en el Anexo I de la citada Resolución, continuándose con la tramitación del expediente.

IV. Notificado el trámite de audiencia a los interesados, por el plazo de 15 días, consta la presentación de alegaciones por interesados en el expediente, las cuales fueron desestimadas.

V. Solicitados los preceptivos dictámenes a La Universidad de La Laguna y al Organismo Autónomo de Museos y Centros, consta el informe favorable emitido por este último organismo.

VI. Por Resolución del Director Insular de Cultura y Patrimonio Histórico del Cabildo Insular de Tenerife, de 3 de junio de 2013, se resuelve elevar el expediente al Gobierno de Canarias para la resolución del procedimiento.

VII. Consta el informe favorable emitido por la Comisión Mixta Comunidad Autónoma de Canarias-Iglesia Católica en sesión celebrada el 11 de febrero de 2014.

VIII. El Consejo del Patrimonio Histórico de Canarias, en sesión celebrada el 4 de junio de 2014, emite informe favorable para la Declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, a favor de la "Ermita de San Diego y los Bienes Muebles Vinculados a la misma", situada en el término municipal de San Cristóbal de La Laguna, isla de Tenerife, delimitando su entorno de protección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I. La tramitación de dicho expediente se ha llevado a efecto según lo determinado en la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias.

II. El artículo 18.1.a) de la citada Ley 4/1999, de 15 de marzo, define la categoría de Monumento como "bienes que constituyen realizaciones arquitectónicas o de ingeniería, u obras singulares de escultura siempre que sobresalgan por su valor arquitectónico, técnico, histórico, artístico, científico o social".

III. El artículo 18.2.a) de la mencionada Ley 4/1999, de 15 de marzo, define la categoría de Bienes Muebles Vinculados como "conjunto de bienes declarados de interés cultural por su vinculación a un inmueble declarado".

IV. El artículo 26.2 del mismo texto legal establece que "se entiende por entorno de protección la zona periférica, exterior y continua al inmueble cuya delimitación se realiza a fin de prevenir, evitar o reducir un impacto negativo de obras, actividades o usos que repercutan en el bien a proteger, en su contemplación, estudio o apreciación de los valores del mismo".

V. Conforme establece el artículo 22.1 del reiterado texto legal, la declaración de Bien de Interés Cultural se realizará mediante Decreto del Gobierno de Canarias, a propuesta de la Administración actuante y previo informe favorable del Consejo Canario del Patrimonio Histórico, trámites todos ellos, que se han cumplido y que constan en el expediente administrativo.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, visto el informe favorable del Consejo del Patrimonio Histórico de Canarias, y tras la deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 22 de mayo de 2015,

D I S P O N G O:

Declarar Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, "La Ermita de San Diego y los Bienes Muebles Vinculados a la misma", situada en el término municipal de San Cristóbal de La Laguna, isla de Tenerife, delimitando su entorno de protección, según la descripción y ubicación en plano que se contienen en los Anexos I y II de este Decreto.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 22 de mayo de 2015.

EL PRESIDENTE

DEL GOBIERNO,

Paulino Rivero Baute.

LA CONSEJERA DE CULTURA, DEPORTES,

POLÍTICAS SOCIALES Y VIVIENDA,

Inés Nieves Rojas de León.

A N E X O I

DESCRIPCIÓN.

La delimitación se corresponde con un paralelogramo definido por los siguientes vértices:

VÉRTICE 1: definido por la intersección de la línea imaginaria perpendicular al muro SE de la propiedad, situado aproximadamente a 65 metros al NE de la emboquilladura del Camino de San Diego.

VÉRTICE 2: se produce tras avanzar aproximadamente 157 metros en dirección NO y ascendiendo por la montaña donde se ubica la propiedad, hasta alcanzar el punto con coordenadas U.T.M. (369.962; 3.153.568).

VÉRTICE 3: se genera tras efectuar un giro desde el punto anterior en dirección SO y recorrer aproximadamente 130 metros hasta el punto con coordenadas U.T.M. (369.867; 3.153.477).

VÉRTICE 4: se genera tras realizar otro giro en dirección SE y en sentido perpendicular al muro de cerramiento de la finca, avanzando unos 172 metros e intersectando su alineación aproximadamente a 55 metros en dirección SE desde la emboquilladura del camino de San Diego.

La línea imaginaria que une este último vértice con el vértice uno, origen de la delimitación, supone el cierre del perímetro protegido, quedando afectos al mismo todas las edificaciones y espacios libres incluidos en el mismo.

JUSTIFICACIÓN DE LA DELIMITACIÓN.

Las razones por las que se ha establecido un entorno de protección relativamente amplio en torno a la Ermita de San Diego y el antiguo convento de recoletos descalzos de la orden de los menores franciscanos, actualmente transformado en vivienda, obedecen a las siguientes motivaciones:

La justificación principal se vincula íntimamente al propio origen del citado convento y de su templo, fundado en 1648 por D. Juan de Ayala. Los recoletos descalzos escogieron una zona aislada y separada del enclave urbano de La Laguna, con el fin de guardar con mayor rigor los preceptos de su orden. La búsqueda de un emplazamiento en una zona natural, escasamente alterada y dominada por una vegetación arbórea, como su propio nombre indica -San Diego del Monte-, se encuentra en la base de la propia fundación del monasterio, que rodeado de un paisaje selvático y solitario propiciaba el recogimiento y la recolección. En este sentido, pues, no se entienden los valores históricos y patrimoniales de la ermita -y del antiguo convento anejo- sin su conexión con el ambiente natural que le ha rodeado secularmente. Este aislamiento es constatado por la narradora británica Olivia Stone (1888), al señalar que el convento de San Diego se encontraba separado de La Laguna por el lago que da nombre a la ciudad, requiriendo de barcas para franquear uno de los brazos de este.

La hermosura y singularidad de este paisaje, que integra arquitectura y naturaleza, ha sido alabado de forma repetida por viajeros, historiadores y literatos, que destacaron su belleza y lo significaron como escenario natural que cerraba el Valle de Aguere por el oeste. En este sentido, es notable la descripción que realiza del mismo S. Berthelot en 1820: "Los recoletos establecidos en San Diego del Monte no podían haber elegido un lugar más delicioso; testigos de una antigua selva que se extendía hasta orillas del lago eran los grupos de árboles que quedaban en la montaña, y el convento; bien protegido, se levanta al pie de la ladera... He contemplado este bosque soledoso donde los laureles, follaos y brezos entrelazan sus verdes ramas ... Los habitantes de San Diego del Monte no han sido capaces de comprender mis emociones ante esa mansión encantada, junto a esa vegetación exuberante ...". Posteriormente, se convirtió en zona predilecta de inspiración de poetas y escritores -Hernández Amador, Mantegazza, Diego Estévanez o Carballo Wangüemert-, el último de los cuales, en 1862 y tras la enajenación del lugar, se refiere a el como "un monasterio medio escondido entre un espeso bosque ... que en otro tiempo fue un lugar delicioso ...".

Las continuas referencias literarias coinciden en resaltar la simbiosis entre naturaleza y arquitectura de San Diego del Monte, estampa que, con vicisitudes diversas, ha llegado a nuestros días, conservándose la abundante vegetación que ha rodeado históricamente al edificio y que constituye un valor ambiental y paisajístico que es necesario preservar, tanto como el propio inmueble, pues ambos se hallan indisolublemente unidos.

El convento, que incluía la ermita así como las tierras que lo rodeaban, formó parte siempre de una misma propiedad, que durante el Trienio Liberal (1821) y tras la disolución de la institución conventual, fue destinado por el Ayuntamiento a hospicio para elefancíacos, impidiendo su privatización. Posteriormente, en 1839 la totalidad del conjunto fue vendido, pasando a titularidad privada hasta la actualidad; habiendo constituido siempre una unidad histórica que habría de preservarse.

La inclusión del camino de acceso en el propio Bien de Interés Cultural obedece, tanto a razones ambientales -por los propios valores naturales de la vegetación que lo delimita (palmeras canarias, araucarias, cipreses, eucaliptus y especies autóctonas)-, como históricas, pues constituye el tramo final de la antigua alameda mandada a plantar por el corregidor Agustín Gabriel del Castillo Ruiz de Vergara entre 1764 y 1770, con el fin preciso de acondicionar y hacer más agradable el paseo que conectaba La Laguna con el convento, y cuyo único testigo es el último tramo, incluido ya en la finca.

Por último, existe otra justificación más genérica para establecer la delimitación, y que se entronca con el propio concepto de entorno de protección que figura en el artículo 26 de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias, que señala que su delimitación "se realiza a fin de prevenir, evitar o reducir un impacto negativo de obras, actividades o usos que repercutan en el bien a proteger, en su contemplación, estudio o apreciación de los valores del mismo". Desde este punto de vista, el perímetro establecido es lo suficientemente amplio como para prevenir posibles afecciones directas al inmueble y sus alrededores, además de las relacionadas con su percepción visual.

El conjunto de razones históricas, ambientales y de estricta conservación justifican sobradamente la necesidad de establecer un entorno de protección respecto a la Ermita de San Diego que exceda la estructura física del inmueble, para englobar el entorno natural delimitado. Cabe señalar que se trata de una franja circundante que no abarca la totalidad del bosque existente en la actualidad, precisamente, con el fin de evitar un perjuicio excesivo a los titulares de la propiedad.

DESCRIPCIÓN.

Se trata de un inmueble de una sola nave, fundado por Juan de Ayala en 1615. Tiene unos 21 m de largo por 9 m de ancho, con piso de loseta cerámica antigua y techo artesonado de teja árabe a cuatro aguas. El templo exteriormente presenta disposición de única nave adosada por el lado del Evangelio al antiguo convento, tal y como es habitual en las construcciones isleñas. La fachada principal es de composición muy sencilla con esquineras de piedra a ambos lados y rematada en la pared del Evangelio con una espadaña en piedra de tres vanos (la espadaña es de dos alturas; con dos huecos en la parte inferior y uno más pequeño en el superior), con campanas en los vanos inferiores. Presenta, además, una ventana adintelada enmarcada en cantería (con piedra similar a la de las esquineras y espadaña) en la zona correspondiente al coro. Un arco de medio punto realizado en cantería, enmarca la puerta principal de acceso al templo. Las piezas que forman el arco (dovelas y clave) resaltan por estar sus uniones cubiertas con una capa de cal. A los lados de la puerta principal se desarrollan dos bancos en piedra a modo de poyos.

En cuanto a la fachada lateral, que se corresponde con la zona de la Epístola, existen dos ventanas con arcos de medio punto enmarcadas en cantería gris con cerramiento acristalado a modo de cojinetes. También existe un arco de medio punto en piedra gris, actualmente ciego, que sirvió como puerta de acceso lateral a la ermita y que quizás se corresponda con una de las puertas que se menciona en la documentación de finales del siglo XVII. La zona de transición entre la ermita propiamente dicha y la sacristía se define por la presencia de un contrafuerte en piedra similar a la de las esquineras. La trasera del edificio está totalmente oculta por la maleza pero destaca en ella la disminución de volumen y dimensiones con respecto de la nave principal, ya que es una construcción posterior.

En el interior existe un coro alto que ocupa todo el ancho de la nave, cuya escalera de acceso arranca del lado de la Epístola y gran ángulo de inclinación. La subida al coro está protegida por una barandilla, también en madera, con sencillos balaustres torneados como motivo ornamental.

Un poyo recorre el lado de la Epístola hasta la zona del presbiterio donde queda interrumpido por el aumento de altura de la mencionada zona. Este es de factura reciente (al menos posterior a la segunda mitad del siglo XIX), pues anteriormente existían dos retablos en esta pared. El asiento se conforma mediante losas de barro, similares a las utilizadas en el pavimento del templo. Este tipo de poyos es muy característico en las ermitas canarias, tanto interior como exteriormente. Para acentuar o destacar más el presbiterio, se empleó una gruesa barandilla de madera con decoración de balaustres. En el lado del Evangelio se abre un arco -hoy ciego- que daba acceso a la antigua capilla de San Bernardo (posteriormente, capilla de Nuestra Señora del Buen Viaje) que pasó a ser propiedad de la familia Salazar a finales del siglo XVII, de ahí la presencia del escudo de armas de la familia -trece estrellas de ocho puntas-, realzado en piedra y situado sobre la clave del arco. Al cerrarla e incorporarse como una estancia más de la vivienda, se le colocó delante una pila antigua, en piedra, de agua bendita (que probablemente se encontraba en un lateral de la puerta principal o puertas laterales).

El segundo arco ciego, más cercano al presbiterio, donde hoy se encuentra el púlpito, también daba acceso al interior del convento. Delante se sitúa el púlpito al que se accede mediante unos escalones realizados en mortero de cemento.

En el espacio entre los dos arcos se desarrolla un poyo de características idénticas al del lado de la Epístola. Cuatro escalones de piedra, que fueron repintados en color blanco, separan la nave de la zona del presbiterio. En esta zona, a ambos lados del retablo mayor hay: dos puertas, con forma de arcos de medio punto, que comunican con las habitaciones de la sacristía. Esta disposición de las puertas, paralelas al retablo mayor, con acceso a la sacristía, es también muy habitual en los templos canarios. En esta zona del presbiterio se encuentran sendas losas que recuerdan al fundador de la ermita D. Juan de Ayala y Zúñiga (en la pared de la Epístola) y al Siervo de Dios (en la pared del Evangelio), Fray Juan de Jesús.

La cubierta del templo es la usual en Canarias, de teja árabe, a cuatro aguas. En fachada, tanto en la principal como la lateral, se remata con triple hilera de tejas. Las cumbreras no están recubiertas con mortero de cal, para destacar de las restantes. La techumbre de la ermita es de madera de tea, con un amplio almizate central y cuatro faldones sin decoración. La separación entre los faldones se realiza con lima bordón, mientras que siete tirantes recorren el ancho de la nave, ayudando al equilibrio de los muros y distribuyendo las tensiones. Cada uno se distingue del otro por la decoración geométrica de tipo mudéjar que tienen labrada o adosada.

La zona del presbiterio no se diferencia del resto de la nave con una cubierta y techumbre independientes, sino que las comparten y forman una unidad. El pavimento tanto de la nave como del presbiterio y del resto de las habitaciones que conforman la edificación, es de losas de barro. Si bien no todas pertenecen a la misma época, pues son reflejo de las distintas modificaciones que ha sufrido la construcción y que podemos comprobar por los distintos tonos que presenta el pavimento.

La sacristía posee una altura inferior a la del resto de la nave y fabricada en materiales distintos. Su techumbre es de "falso techo", y la iluminación se realiza a través de un pequeño ventanuco. Una segunda sala, de forma cuadrangular, servía como lugar de aseo y descanso para el párroco pues en ella se conserva un aparador con jofaina y restos de antiguos sillones y sillas. A la derecha según se entra, se encuentran dos ventanas y una puerta. La carpintería de estos vanos presenta las características del siglo XIX, pero como en el caso anterior, la estructura es del siglo XVIII. Las ventanas, de guillotina, iluminaban y ventilaban esta sala, deduciendo de ello que esta habitación daba al exterior y que el baño, al que actualmente se accede a través de la misma, fue construido en época posterior. Continuando en esta segunda sala, en la pared del fondo, existe un pequeño arco ciego de medio punto, hecho en piedra roja a una altura de metro y medio del suelo, correspondiente a una antigua hornacina.

Por último, el camino de acceso a la ermita constituye el tramo final de la antigua alameda mandada a plantar por el corregidor Agustín Gabriel del Castillo Ruiz de Vergara entre 1764 y 1770, con el fin preciso de acondicionar y hacer más agradable el paseo que conectaba La Laguna con el convento. Se encuentra delimitado por una profusa vegetación y representa un elemento definidor del conjunto patrimonial.

BIENES MUEBLES VINCULADOS.

- Santo Domingo de Guzmán, óleo sobre lienzo, autor anónimo, formó parte del Retablo Mayor. Ubicación: Presbiterio.

- San Diego de Alcalá, escultura de bulto redondo, madera tallada y policromada, autor anónimo, formó parte del Retablo Mayor. Ubicación: Presbiterio.

- Crucificado, óleo sobre lienzo, autor anónimo, formó parte del Retablo Mayor. Ubicación: Presbiterio.

- Nuestra Señora de Los Ángeles, escultura de bulto redondo, madera tallada y policromada, formó parte del Retablo Mayor. Ubicación: Presbiterio.

- San Francisco de Asís, escultura de bulto redondo, madera tallada, dorada y policromada, autor anónimo, formó parte del Retablo Mayor. Ubicación: Presbiterio.

- San Francisco de Asís, óleo sobre lienzo, autor anónimo, formó parte del Retablo Mayor. Ubicación: Presbiterio.

- Lápida de piedra tallada y pintada, sobre el lugar donde se custodian los despojos del Siervo de Dios, Fray Juan de Jesús, religioso lego de los menores de San Francisco, nacido en Icod de los Vinos, Tenerife. Ubicación: Presbiterio, pared izquierda.

- Lápida de piedra tallada sobre el lugar donde reposan los restos mortales de D. Juan Interián de Ayala, quien cumpliendo el testamento de su tío D. Juan de Ayala, fundador de lo que fue el Convento, fechado en el año 1615, llevó a cabo las obras del mismo que concluyeron en el año 1672. Ubicación: Presbiterio, pared derecha.

- Juan de Ayala y Zúñiga, fundador de la Ermita de San Diego del Monte, escultura de bulto redondo, mármol de Carrara, de procedencia genovesa, autor anónimo, 1648. Ubicación: pared de la derecha, cerca del Presbiterio.

- Santo Hermano Pedro, óleo sobre lienzo, autor anónimo. Ubicación: pared de la derecha.

- Padre Anchieta, óleo sobre lienzo, autor anónimo. Ubicación: pared de la derecha.

- San Agustín de Hipona, óleo sobre lienzo, autor anónimo. Ubicación: pared de la derecha.

- Santa Teresa de Jesús, óleo sobre lienzo, autor anónimo. Ubicación: pared de la derecha.

- El Rey David, óleo sobre lienzo, autor anónimo. Ubicación: pared de la derecha.

- Retrato de religiosa difunta, óleo sobre lienzo, autor anónimo. Ubicación: a los pies de la nave junto a la pared derecha.

- Armonium. Ubicación: Coro.

- Retrato de Sor María de Jesús, religiosa lega dominica en proceso de beatificación, óleo sobre lienzo, autor anónimo.  Ubicación: a los pies de la nave junto a la pared izquierda.

- Pila benditera, piedra, autor anónimo. Ubicación: pared de la izquierda.

- San José con el Niño, óleo sobre lienzo, autor anónimo. Ubicación: pared de la izquierda.

- Niño de Pasión, óleo sobre lienzo, autor anónimo. Ubicación: pared de la izquierda.

- Santa Rita de Casia, óleo sobre lienzo, autor anónimo. Ubicación: pared de la izquierda.

- Nuestra Señora del Pino, óleo sobre lienzo, autor anónimo. Ubicación: pared izquierda, junto al púlpito.

- Púlpito, madera pintada sin policromar, autor anónimo. Ubicación: pared izquierda.

- Sor María, lega dominica, óleo sobre lienzo, autor anónimo. Ubicación: pared izquierda.

- Siervo de Dios, Fray Juan de Jesús, lego de los menores de San Francisco, óleo sobre lienzo, autor anónimo. Ubicación: pared izquierda.



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