BOC - 2015/91. Jueves 14 de Mayo de 2015 - 2237

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2237 - Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 23 de abril de 2015, del Director Ejecutivo, que notifica a D. Manuel Ojeda Rivero, la Resolución de 5 de marzo de 2015.- Expte. IU-735/2007 (2007001903).

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No habiéndose podido practicar la notificación a D. Manuel Ojeda Rivero de la Resolución del Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, nº 243, de fecha 5 de marzo de 2015, en los términos fijados en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de conformidad con el apartado quinto del citado artículo,

R E S U E L V O:

Notificar a D. Manuel Ojeda Rivero la Resolución del Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, nº 243, de fecha 5 de marzo de 2015, recaída en el expediente seguido en esta Agencia por infracción del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo (TRLOTENC, en lo sucesivo), con referencia IU-735/2007 (2007001903), que dice textualmente:

"Primero.- iniciar procedimiento administrativo de restablecimiento de la legalidad urbanística, a Dña. María del Carmen Moreno Rodríguez como consecuencia de las obras y actuaciones constatadas en la parcela catastral 35006A011000660000JM, sita en el lugar la conocido como Rosa Silva, del término municipal de Arucas, en un suelo clasificado y categorizado de suelo rústico de protección agraria, la cuales y sobre a base de una división de la citada parcela en cuatro, consisten sucintamente en las siguientes: en la subparcela 1: 1) edificación con nº 76 de gobierno, de unos 330 m2, en la esquina sur-oeste de la parcela y de una planta y cubierta plana; su fachada aplacada en piedra presenta un portón metálico de unos 3 m de ancho. En el lindero oeste de la parcela se observa la medianera de la edificación y el amurallamiento de las 2ª, 3ª y 4ª subparcelas, 2) la edificación con nº 78 de gobierno, de unos 385 m2 de superficie; en la subparcerla 2: 3) amurallamiento en una superficie de unos 159 m2, con una longitud de unos 21 m que en su fachada con el Camino Rosa Silva, se presenta de bloques sin enfoscar exteriormente y con una altura de unos 3 m, apoyándose parte del amurallamiento sobre otro de contención de piedra, con un portón metálico de color verde de uno 4 m de alto por 2,5 m de ancho; 4) edificación de un planta de unos 25 m2 de bloque de hormigón ligero sin enfoscar ni pintar, localizada dentro del amurallamiento; en la subparcerla 3: 5) amurallamiento de parcela en una superficie de unos 132 m2, a la que se accede a través de puerta de doble hoja unos 2 m de ancho; siendo que dicho amurallamiento sobre su lindero sur de unos 3 m, sobresale de la edificación, de la parcela matriz sobre las subparcelas 1ª y 2ª, configurando el camino hormigonado del Camino Rosa Silva, a partir de cual ya no se observa este camino. Por su lindero sur-este el amurallamiento presenta una longitud de unos 9 m ubicándose sobre un muro de contención de piedra; 6) varias edificaciones dentro del interior de la subparcela que ocupan una superficie aprox. de 90 m2; en la subparcerla 4: 7) amurallamiento de parcela en una superficie de unos 123 m2, sobre muro de contención de piedra y desde cuyo exterior no se observa ningún acceso, salvo dos huevos de ventada en su equina norte y 8) construcción de bloques de hormigón, sin enfoscar, ni pintar y sin cubierta de unos 44 m y que se localiza dentro de amurallamiento y finalmente, en el Camino Rosa Silva, en su llegada a la parcela catastral 35006A0110900040000JJ, 9) cancela metálica de rejilla de unos 3 m de ancho y los pilares metálicos y de madera sobresalientes del suelo un metro aprox. con cadena colgante entre ellos, encontrándose el camino pavimentado mediante solera de hormigón, tanto en el perímetro de la subparcela 1, 2 y 3, en unos 423 m2, siendo que a la altura de la 3ª subparcela ya no hay definición física del camino, solo vegetación.

Segundo.- Requerir a Dña. María del Carmen Moreno Rodríguez, para que en el plazo máximo de dos (2) meses de las notificación de esta Resolución solicite ante las Administraciones competentes, los títulos administrativos autorizatorios (calificación territorial y /o licencia urbanística). La copia de dicha solicitud así como, del proyecto técnico de legalización que hubiera acompañado se presentarán en esta Agencia en un plazo de 10 desde su registro de entrada en la Administración en la que se hubiera presentado.

Tercero.- Notificar la presente Resolución a Dña. María del Carmen Moreno Rodríguez, Informándole de lo siguiente:

a) Dispone de un plazo de audiencia de diez días, a contar a partir del día siguiente a la notificación del presente acuerdo, para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes y en su caso, proponer prueba concretando los medio de que pretenda valerse según establece el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en esta Agencia.

b) El presente procedimiento se desarrolla de acuerdo con el principio de acceso permanente. Por tanto, el expediente administrativo se encuentra a disposición de los interesados en las oficinas de esta Agencia, sitas en Franchy Roca, nº 12-14, Las Palmas de Gran Canaria, en horario de 10 a 12 horas, de lunes a viernes.

c) Podrá obtener copia o certificados de los documentos que obran en el mismo, previa solicitud y pago de las tasas legalmente establecidas.

d) A tenor de lo dispuesto en el artº. 42 de la LRJAP y PAC, el plazo máximo para notificar resolución expresa en el presente proceso es de tres meses, transcurrido el cual se producirá la caducidad del mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artº. 44.2 de la precitada ley.

Cuarto.- Notificar la presente Resolución a D. Mariano Cáceres Mejías, a D. Francisco Mendoza Matías, a D. Pedro Hernández Déniz, a D. Servando Nelson Arencibia, a D. Manuel Ojeda Rivero y a D. Luis Santana Dorado, a los efectos que puedan manifestar o ejercitar, cuantas acciones convengan a su derecho".

Remitir la presente Resolución para su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y al Ayuntamiento que figura como último domicilio conocido, para su inserción en el tablón de edictos.

Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de abril de 2015.- El Director Ejecutivo, Juan José Rodríguez Guerra.



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