De conformidad con lo establecido en el artículo 33.2.c) de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, dispongo que se publique en el Boletín Oficial de Canarias el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias de 12 de enero de 2015, que se acompaña como anexo, en relación con la Ley 9/2014, de 6 de noviembre, de medidas tributarias, administrativas y sociales de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 3 de febrero de 2015.- El Comisionado para el Desarrollo del Autogobierno y las Reformas Institucionales, Fernando Ríos Rull.
A N E X O
ACUERDO DE LA COMISIÓN BILATERAL DE COOPERACIÓN ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO-COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS EN RELACIÓN CON LA LEY 9/2014, DE 6 DE NOVIEMBRE, DE MEDIDAS TRIBUTARIAS, ADMINISTRATIVAS Y SOCIALES DE CANARIAS.
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias ha adoptado el siguiente Acuerdo:
1. Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas en relación con el artículo 24.Dos y las Disposiciones finales séptima y duodécima de la Ley 9/2014, de 6 de noviembre, de medidas tributarias, administrativas y sociales de Canarias.
2. Designar un grupo de trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.
3. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional, a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de Canarias.
Madrid, a 12 de enero de 2015.- El Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro Romero.- El Vicepresidente del Gobierno de Canarias, José Miguel Pérez García.
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