BOC - 2015/18. Miércoles 28 de Enero de 2015 - 319

III. Otras Resoluciones

Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad

319 - Secretaría General Técnica.- Resolución de 20 de enero de 2015, sobre delegación de competencias en el titular de la Dirección General de Seguridad y Emergencias.

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El apartado primero de la Disposición Adicional Décimo séptima de la Ley 11/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2015, establece que mientras se mantenga la suspensión del artículo 22 del III Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias, los criterios de asignación y reposición de vestuario y otras prendas de utilización obligatoria son los acordados en el ámbito de la Comisión Negociadora del convenio colectivo en las reuniones celebradas el 21 y el 23 de noviembre de 2011.

En su apartado segundo atribuye a las Secretarías Generales Técnicas u órganos de contratación asimilados la contratación centralizada del suministro de dichas prendas.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 31.3 de la Ley Territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en uso de las facultades conferidas,

R E S U E L V O:

Primero.- Delegar en el Director General competente en materia de seguridad y emergencias la competencia para la adquisición de ropa de trabajo del personal adscrito a su Centro Directivo.

Segundo.- La delegación de competencias a que se refiere esta Resolución está sujeta a las limitaciones que establece el artículo 13.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero.- Esta delegación de competencias lleva aparejada la delegación para autorizar y disponer los gastos, así como para reconocer las obligaciones y proponer los pagos que se deriven del ejercicio de la misma.

Cuarto.- Las resoluciones administrativas que se dicten en virtud de esta delegación, indicarán esta circunstancia, haciendo mención expresa a la autoridad de procedencia, así como a esta Resolución, y se entenderán dictadas por el órgano delegante.

Quinto.- La competencia que se delega en esta Resolución podrá ser objeto de avocación en la forma prevista en el artículo 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Sexto.- La presente Resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de enero de 2015.- La Secretaria General Técnica, Cristina de León Marrero.



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