BOC - 2014/250. Viernes 26 de Diciembre de 2014 - 5720

III. Otras Resoluciones

Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad

5720 - DECRETO 122/2014, de 18 de diciembre, por el que se crean escuelas infantiles de titularidad municipal en las islas de Lanzarote y Tenerife.

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La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, en su disposición adicional segunda, establece que la creación de centros docentes públicos, cuyos titulares sean las corporaciones locales, se realizará por convenio entre estas y la Administración educativa, a efectos de su inclusión en la programación general de la enseñanza.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, prevé que nuestro sistema educativo se inspira, entre otros, en el principio de la cooperación y colaboración de las Administraciones educativas con las Corporaciones locales en la planificación e implementación de la política educativa [artículo 1.p)] y que las Administraciones Públicas promoverán un incremento progresivo de la oferta de plazas públicas en el primer ciclo, cooperando entre ellas para asegurar la oferta educativa en este ciclo (artículo 15.1).

El Decreto 201/2008, de 30 de septiembre, por el que se establecen los contenidos educativos y los requisitos de los centros que imparten el primer ciclo de Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Canarias, establece en su artículo 13.1 que las Corporaciones Locales podrán proponer la creación de Escuelas Infantiles con arreglo a la normativa aplicable para la creación de los centros escolares y que, igualmente, será precisa la previa firma del correspondiente convenio con la Consejería competente en materia de educación.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, compete al Gobierno de Canarias la creación y supresión de centros docentes públicos, correspondiendo al titular de la Consejería competente en materia de educación, hacer la oportuna propuesta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5, apartado 1, letra d), del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, aprobado por el Decreto 113/2006, de 26 de julio, y el artículo 2 del Reglamento Orgánico de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobado por el Decreto 81/2010, de 8 de julio, en relación con el artículo 13.1 del Decreto 201/2008, de 30 de septiembre, por el que se establecen los contenidos educativos y los requisitos de los centros que imparten el primer ciclo de Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Canarias.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Universidades y Sostenibilidad y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 18 de diciembre de 2014,

D I S P O N G O:

Primero.- Se crean las escuelas infantiles de titularidad municipal que se relacionan en el anexo del presente Decreto, para impartir el primer ciclo de educación infantil.

Segundo.- Las escuelas infantiles creadas se regirán por los convenios suscritos entre la Consejería competente en materia educativa y los Ayuntamientos correspondientes, en cuanto a su régimen económico y de funcionamiento.

Tercero.- Se autoriza a la Consejería competente en materia de educación para adoptar cuantas medidas sean necesarias para garantizar el cumplimiento del presente Decreto.

Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 18 de diciembre de 2014.

EL PRESIDENTE

DEL GOBIERNO,

Paulino Rivero Baute.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,

UNIVERSIDADES Y SOSTENIBILIDAD,

José Miguel Pérez García.

A N E X O

Ayuntamiento de Arrecife.

Escuela Infantil Municipal de Arrecife.

Número de Código: 35014548.

1 unidad de menores de 1 año: 8 puestos escolares.

3 unidades de 1 a 2 años: 39 puestos escolares.

3 unidades de 2 a 3 años: 50 puestos escolares.

Ayuntamiento de Güímar.

Escuela Infantil Municipal de Fátima.

Número de Código: 38016362.

3 unidades de menores de 1 año: 24 puestos escolares.

2 unidades de 1 a 2 años: 26 puestos escolares.

2 unidades de 2 a 3 años: 36 puestos escolares.



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