BOC - 2014/229. Martes 25 de Noviembre de 2014 - 5194

III. Otras Resoluciones

Consejería de Empleo, Industria y Comercio

5194 - Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 17 de noviembre de 2014, de la Presidenta, por la que se procede a la ampliación de crédito disponible de la convocatoria de 10 de julio de 2014, de concesión de subvenciones en el ámbito de la colaboración con la Comunidad Autónoma, Universidades e Instituciones sin ánimo de lucro con centro de trabajo en esta Comunidad Autónoma, que contraten a trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social en el ejercicio 2014.

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I. ANTECEDENTES

1º.- Mediante Resolución de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo de fecha 10 de julio de 2014, se procede a la aprobación de la convocatoria de subvenciones en el ámbito de la colaboración con órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, Universidades canarias e Instituciones sin ánimo de lucro con centro de trabajo en esta Comunidad Autónoma, que contraten trabajadores desempleados, para la realización de obras y servicios de interés general y social enmarcados dentro de los fines de dichas entidades, en el ejercicio 2014 (BOC nº 138, de 18.7.14).

2º.- El Dispongo Tercero.- Dotación presupuestaria, establece que las subvenciones previstas en la presente convocatoria se financiarán con cargo al crédito consignado en la siguiente aplicación del Estado de Gastos del Presupuesto del Servicio Canario de Empleo para el año 2014: Aplicación 2014.5001.241H 50400037 "Oportunidades de empleo y fomento de la contratación", por un importe estimado de un millón novecientos mil (1.900.000,00) euros.

3º.- Considerando las solicitudes presentadas, se determina una incorporación de crédito adicional para esta convocatoria, en la línea Aplicación 2014.5001.241H 50400037 "Oportunidades de empleo y fomento de la contratación", de ochenta mil (80.000,00) euros, con el fin de dar respuesta a un mayor volumen de proyectos y de trabajadores a contratar en el presente ejercicio presupuestario, de acuerdo con el resuelvo tercero de la convocatoria.

Dado que esta incorporación de crédito se ajusta a lo previsto en el punto 2.4º del artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, no será necesaria nueva convocatoria, siempre que se proceda a la publicación de los créditos disponibles y su distribución, por los mismos medios que los utilizados para la presente convocatoria, y con carácter previo a la Resolución de Concesión.

A los citados antecedentes de hecho, resultan de aplicación las siguientes

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- La Presidenta del Servicio Canario de Empleo es el órgano competente para dictar la presente resolución, como órgano con competencias en materia de aprobación de los términos de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en artículo 7.1.g) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, de creación del Servicio Canario de Empleo, según redacción dada por la Ley 3/2011, de 18 de febrero, de modificación de aquella (BOC nº 44, de 2.3.11), a la que debe añadirse la contemplada en el apartado b) del mismo artículo, referente a sus competencias en materia de adopción de aquellas medidas que se estimen necesarias para el mejor cumplimiento de las finalidades y funciones propias del Servicio Canario de Empleo.

Segunda.- Resulta de aplicación el artículo 58.5 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se establece que el órgano concedente deberá publicar la declaración de crédito disponible y la distribución definitiva, con carácter previo a la resolución de concesión en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.

Vistos los antecedentes de hecho y fundamentación jurídica mencionada, y de conformidad con la normativa legal aplicable,

R E S U E L V O:

Primero.- Declarar que el importe total para esta convocatoria asciende a un millón novecientos ochenta mil (1.980.000,00) euros el cual se encuentra incluido en la aplicación del estado de gastos del Presupuesto del Servicio Canario de Empleo para el año 2014: 2014.5001.241H 50400037 "Oportunidades de empleo y fomento de la contratación".

Segundo.- Mantener en todos sus términos el resto de la Resolución de 10 de julio de 2014, de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones en el ámbito de la colaboración con la Comunidad Autónoma, Universidades e Instituciones sin ánimo de lucro con centro de trabajo en esta Comunidad Autónoma, que contraten a trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social en el ejercicio 2014.

Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, o bien potestativamente, recurso de reposición ante la Presidencia del Servicio Canario de Empleo, en el plazo de un mes, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente.

Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de noviembre de 2014.- La Presidenta, Francisca Luengo Orol.



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