BOC - 2014/157. Jueves 14 de Agosto de 2014 - 3637

III. Otras Resoluciones

Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad

3637 - ORDEN de 4 de agosto de 2014, por la que se aprueban las bases y se efectúa la convocatoria para la concesión de ayudas del Fondo Europeo de Desarrollo Regional para la adopción de medidas de ahorro energético y eficiencia energética en plantas desaladoras de titularidad pública financiadas en el marco del Programa Operativo FEDER Canarias 2007-2013, en el eje 4, tema prioritario 43.

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I. ANTECEDENTES

La política de cohesión de la Unión Europea para el período comprendido entre 2007-2013 tiene como objetivo prioritario conseguir un desarrollo económico y social equilibrado del territorio apoyado en un mayor crecimiento sostenible de las regiones y la creación de más puestos de trabajo y de mejor calidad, tal y como queda recogido en el artículo 3 del Reglamento (CE) nº 1083/2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), al Fondo Social Europeo (FSE) y al Fondo de Cohesión.

De este modo se trata de fomentar un modelo de desarrollo sostenible que tenga como objetivo prioritario la cohesión económica y social apoyándose en un crecimiento con una clara dimensión social y ambiental.

Así, con el fin de aumentar el valor añadido de esta política, sus objetivos se han concentrado en los tres siguientes; 1) Convergencia, 2) Competitividad Regional y Empleo y 3) Cooperación Territorial Europea.

En este sentido, el artículo 4 del Reglamento (CE) nº 1080/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, dispone que este Fondo, con arreglo al objetivo de Convergencia, centrará sus intervenciones en apoyar el desarrollo económico sostenible e integrado, a nivel regional y local, y el empleo, mediante la movilización y mejora de la capacidad endógena a través de programas operativos de modernización y diversificación de las estructuras económicas y preservación de empleo sostenible.

Asimismo, se establece en el precitado artículo que para lograr dicho objetivo deberá atenderse fundamentalmente a una serie de prioridades, entre las que se encuentra la de apoyar inversiones en energía encaminadas a la mejora de la eficiencia energética y el desarrollo de las energías renovables.

Por otra parte, en el Capítulo II del mencionado Reglamento (CE) 1083/2006, se recoge la creación de un Comité de Seguimiento en relación con cada programa operativo, al que le corresponde, entre otras funciones, la de estudiar y aprobar los criterios de selección de las operaciones objeto de financiación del respectivo fondo, así como toda revisión de dichos criterios atendiendo a las necesidades de programación.

En cumplimiento de lo anterior, el Comité de Seguimiento del Programa Operativo FEDER Canarias 2007-2013 aprobó los criterios de selección de operaciones que pueden ser objeto de financiación con cargo al referido Programa.

En dichos criterios se recoge en el tema prioritario 43 del eje 4 "Transporte y Energía" que pueden ser objeto de cofinanciación, entre otras, convocatorias públicas dirigidas a las corporaciones locales para la realización de actuaciones destinadas al incremento de la eficiencia energética en el sector de los servicios públicos, estableciéndose, sin carácter exhaustivo, como criterios de selección los siguientes: ahorro anual/inversión, existencia de auditoría energética, consumo anual de energía en MWh, población de hecho del municipio afectado y proyecto perteneciente a un determinado sector.

Así, en el ámbito de la energía, tiene especial importancia en la Comunidad Autónoma de Canarias, por su condición de archipiélago, la relacionada con el tratamiento del agua. Si bien hasta hace poco más de dos décadas la directa relación entre agua y energía se consideraba un tema poco relevante, los estudios regionales sobre dependencia energética, demanda de agua potable, desertificación, sostenibilidad y cambio climático, entre otros, han contribuido a la visualización de la interrelación entre agua y energía.

De esta forma, la componente de coste energético asociado a la desalación de agua destinada a uso doméstico tiene, frente a otros consumos energéticos derivados de la producción del agua, como el bombeo, la depuración o la regeneración, una clara relevancia en el caso de Canarias. Tanto es así que este coste energético puede suponer hasta el 40% del coste total de producción del agua.

Dicha dependencia energética adquiere aún importancia en tanto que en las planificaciones insulares, en su visión de conjunto, y debido a las condiciones climáticas, la escasez de recursos naturales y su deterioro, se ha apostado por la desalación de agua como la principal alternativa para la obtención de agua potable frente a la carencia de otros recursos naturales.

De tal modo, la energía destinada para desalar agua de mar en las instalaciones pertenecientes a las administraciones públicas canarias supone, según que islas, entre el 5,6% y el 13,8% de la energía eléctrica puesta en la red insular, como se recoge de las Estadísticas Energéticas de Canarias 2011-2012.

Por todo ello, es necesario conseguir un aumento de la eficiencia energética en las instalaciones de producción de agua desalada que permita alcanzar en los próximos años consumos específicos (kWh/m3) acordes al desarrollo tecnológico existente, de tal forma que el menor coste energético redunde en un menor coste de producción.

Por su parte, de entre las competencias que atribuye la Ley Reguladoras de Bases del Régimen Local a las corporaciones locales se encuentra la de abastecimiento de agua potable a domicilio, competencia que, en la Comunidad Autónoma de Canarias, es ejercida tanto por los Cabildos Insulares, a través de los Consejos Insulares de Aguas, como por los Ayuntamientos.

Asimismo, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.2 del Reglamento (CE) nº 1083/2006, la Consejería de Economía y Hacienda fue designada Organismo Intermedio del Programa Operativo FEDER Canarias 2007-2013, tal y como se establece en el mismo. Por tanto, está encargada de ejecutar, dentro de su ámbito de actuación en dicho Programa Operativo, los cometidos a que hace referencia el artículo 60 del precitado Reglamento.

En vista de todo lo anterior, las presentes bases están destinadas a regular la convocatoria para la concesión a entidades locales o empresas públicas de ayudas destinadas a la realización de actuaciones de mejora de la eficiencia energética en aquellas de sus instalaciones que estén destinadas a la desalación de agua.

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.- El artículo 19.4.k) del Decreto 12/2004, de 10 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía y Hacienda, establece que es competencia del Consejero de Economía, Hacienda y Seguridad la coordinación de las medidas, propuesta y actuaciones de desarrollo de las políticas sectoriales y actuaciones de la Unión Europea con incidencia económica en la Comunidad Autónoma de Canarias que se realicen por los departamentos y órganos de la Administración Pública de la misma.

Segundo.- El artículo 6 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 276, de 18 de noviembre), regula el régimen jurídico aplicable de las subvenciones financiadas con cargo a fondos de la Unión Europea.

Tercero.- El artículo 3 del Decreto 39/2006, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, otorga a los titulares de los Departamentos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias la competencia para conceder subvenciones.

Cuarto.- Por su parte, el artículo 9 del precitado Decreto 39/2006, de 31 de marzo, establece que corresponde aprobar las bases y efectuar las convocatorias a los titulares de los Departamentos, a iniciativa de los órganos gestores y a propuesta de la Secretaría General Técnica.

Quinto.- Con fecha 18 de junio de 2014 la Dirección General de Asuntos Económicos con la Unión Europea emitió informe favorable.

Sexto.- Con fecha 3 de julio 2014 la Intervención General emitió informe favorable de fiscalización.

En virtud de lo expuesto anteriormente y en uso de las facultades que tengo atribuidas por la legislación vigente,

R E S U E L V O:

Primero.- Aprobar las bases reguladoras, generales y específicas, que figuran anexas a la presente Orden y que han de regir en la concesión de ayudas para la adopción de medidas de ahorro energético y eficiencia energética en plantas desaladoras de titularidad pública.

Segundo.- Convocar, mediante concurso, para el ejercicio 2014, la concesión de las citadas ayudas en régimen de concurrencia competitiva.

Tercero.- El importe total de dotación económica será de 8.500.000,00 euros, que representa un 85% de los costes máximos subvencionables en esta convocatoria y que estará financiada con cargo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en el marco del Programa Operativo del FEDER-Canarias 2007-2013, a través del eje 4 y la categoría 43.

Cuarto.- La presente Orden surtirá efectos a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Economía, Hacienda y Seguridad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación o, directamente, interponer recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, haciéndose saber que en el caso de presentar recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de agosto de 2014.

EL CONSEJERO DE ECONOMÍA,

HACIENDA Y SEGURIDAD,

Javier González Ortiz.



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