BOC - 2014/24. Miércoles 5 de Febrero de 2014 - 429

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Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial

429 - Dirección General de Transportes.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 22 de enero de 2014, que somete al trámite de audiencia a los interesados e información pública el Proyecto de Orden que regula los requisitos del transporte de auxilio rescate.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- En la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias, se estableció el marco jurídico general aplicable al transporte de auxilio-rescate.

Mediante el Decreto 72/2012, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de dicha Ley, se establecen los requisitos de acceso a la prestación de servicios de "transporte de auxilio-rescate", entre ellos la necesidad de obtención de autorización, el registro especial de la actividad, el modelo normalizado para primera inscripción, estableciéndose en dicho Decreto 72/2012 que mediante orden departamental de la persona titular de la consejería de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias competente en materia de transporte por carretera, se regularían determinados aspectos del "transporte de auxilio-rescate".

Segundo.- La Dirección General de Transportes de la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial, ha iniciado el expediente para la aprobación por el Gobierno de Canarias del proyecto de Orden del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial por la que se regulan los requisitos del transporte de Auxilio Rescate, de acuerdo con lo previsto en el artículo 18.A).3 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Obras Públicas y Transportes aprobado por el Decreto 8/2010, de 4 de febrero (BOC nº 39, de 25.2.10).

A los citados hechos son de aplicación las siguientes

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

I. El artículo 105 de la Constitución establece que la ley regulará la audiencia de los ciudadanos, directamente o a través de las organizaciones y asociaciones reconocidas por la ley, en el procedimiento de elaboración de las disposiciones administrativas que les afecten.

II. El artículo 24.1.c) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno (de aplicación supletoria conforme a lo previsto en la disposición final primera de la Ley 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias), indica que elaborado el texto de una disposición que afecte a los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos, se les dará audiencia, durante un plazo razonable y no inferior a quince días hábiles, directamente o a través de las organizaciones y asociaciones reconocidas por la ley que los agrupen o los representen y cuyos fines guarden relación directa con el objeto de la disposición. Asimismo, será sometida a información pública durante el plazo indicado, cuando la naturaleza de la disposición lo aconseje.

Es indudable que el citado proyecto de Orden afecta directamente a la actividad de transporte que se realiza mediante grúas de auxilio, transportando vehículos averiados o accidentados, además de a la ciudadanía en general, en cuanto que en ella se encuentran los potenciales usuarios de dicho servicio de transporte. Por eso, resulta oportuno someter el citado proyecto de decreto al trámite de audiencia a los interesados e información pública.

III. De acuerdo con el artículo 58.1 de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notificarán a los interesados las resoluciones y actos administrativos que afecten a sus derechos e intereses, en los términos previstos en el artículo 59. Por su parte, el apartado 6.a) del artículo 59 de la referida ley señala que, cuando el acto tenga por destinatario a una pluralidad indeterminada de personas, la publicación, en los términos del artículo 60, sustituirá a la notificación surtiendo sus mismos efectos.

En su virtud y de conformidad con las restantes disposiciones de general aplicación, a propuesta de la Jefa de Servicio de Inspección y Planificación,

R E S U E L V O:

1.- Someter el proyecto de Orden por la que se regulan los requisitos del transporte de Auxilio-Rescate, al trámite de audiencia a los interesados e información pública, durante un plazo de 15 días hábiles (excluidos domingos y festivos), contados a partir del día siguiente al de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

2.- Poner de manifiesto el texto articulado del proyecto de Orden para su consulta en horario ininterrumpido de 9 a 14,30 horas, y en las dependencias de este centro directivo sitas en las direcciones que se indican a continuación:

El texto articulado del proyecto de Orden también podrá consultarse en la página:

https://www.gobiernodecanarias.org/transportes.

https://www.gobiernodecanarias.org/citv/dgt/index.jsp.

3.- Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 22 de enero de 2014.- La Directora General de Transportes, Rosa Dávila Mamely.



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