BOC - 2014/1. Jueves 2 de Enero de 2014 - 5

III. Otras Resoluciones

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas

5 - Secretaría General Técnica.- Resolución de 17 de diciembre de 2013, por la que se establecen nuevos procedimientos y servicios que pueden ser iniciados telemáticamente a través de la sede electrónica del Departamento, y se aprueban sus modelos normalizados de solicitud.

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Mediante Orden de 20 de mayo de 2013, del Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 106, de 5 de junio de 2013, se crea y regula la sede y registro electrónico del Departamento, teniendo como finalidad la de disponer de un punto de acceso electrónico desde las redes de telecomunicaciones para que los ciudadanos puedan acceder a los distintos servicios, actuaciones y procedimientos que requieran la autenticación de los ciudadanos por medios electrónicos, con las debidas garantías jurídicas en cuanto a las condiciones de confidencialidad, integridad y disponibilidad de las informaciones y comunicaciones que se realicen a través de la sede.

La Disposición Adicional Primera de la mencionada Orden habilita a la Secretaría General Técnica para adoptar las resoluciones necesarias para la ejecución de lo dispuesto en la misma.

Asimismo, en su Disposición Adicional Segunda, dicha Orden prevé que, a propuesta de los órganos superiores responsables de la tramitación de los respectivos procedimientos, corresponderá a la Secretaría General Técnica, la aprobación de los modelos normalizados de solicitudes y demás formularios de documentos de aquellos procedimientos cuya presentación se pueda realizar a través del registro electrónico.

De conformidad con lo anteriormente expuesto y haciendo uso de las facultades que tengo conferidas,

R E S U E L V O:

Primero.- Ampliar los procedimientos cuyo inicio podrá efectuarse a través de la sede electrónica del Departamento, considerando los siguientes:

- Homologación de entidades formadoras para impartir los cursos de manipulador de productos fitosanitarios.

- Expedición de titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo.

- Autorización a los centros de enseñanza para impartir cursos de buceo profesional.

- Autorización a centros de buceo para la práctica y/o enseñanza de actividades deportivas-recreativas subacuáticas.

Segundo.- Establecer los siguientes servicios que podrán iniciarse telemáticamente en la sede electrónica del Departamento:

- Servicio de presentación de documentación para la obtención definitiva de la autorización a los centros de enseñanza para impartir cursos de buceo profesional.

- Servicio de presentación de documentación para la obtención definitiva de la autorización a centros de buceo para la práctica y/o enseñanza de actividades deportivas-recreativas subacuáticas.

Tercero.- Aprobar los siguientes modelos normalizados de solicitud:

- Solicitud de homologación de entidades formadoras para impartir los cursos de manipulador de productos fitosanitarios.

- Solicitud de expedición de titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo.

- Solicitud de autorización a los centros de enseñanza para impartir cursos de buceo profesional.

- Solicitud de autorización a centros de buceo para la práctica y/o enseñanza de actividades deportivas-recreativas subacuáticas.

- Presentación de documentación para la obtención definitiva de la autorización a los centros de enseñanza para impartir cursos de buceo profesional.

- Presentación de documentación para la obtención definitiva de la autorización a centros de buceo para la práctica y/o enseñanza de actividades deportivas-recreativas subacuáticas.

Cuarto.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra este acto podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Santa Cruz de Tenerife, a 17 de diciembre de 2013.- El Secretario General Técnico, José Luis Barreno Chicharro.



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