BOC - 2013/247. Martes 24 de Diciembre de 2013 - 6245

III. Otras Resoluciones

Presidencia del Gobierno

6245 - Secretaría General.- Resolución de 17 de diciembre de 2013, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de 13 de diciembre de 2013, que modifica el Acuerdo de Gobierno de 22 de marzo de 2013, relativo a las medidas y acciones extraordinarias para la reducción del gasto en la actividad administrativa en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, organismos autónomos, entidades públicas empresariales, entidades de derecho público, sociedades mercantiles públicas dependientes y fundaciones públicas.

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Aprobado por el Gobierno de Canarias, en sesión de 13 de diciembre de 2013, el Acuerdo por el que se modifica el Acuerdo de Gobierno de 22 de marzo de 2013, relativo a las medidas y acciones extraordinarias para la reducción del gasto en la actividad administrativa en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, organismos autónomos, entidades públicas empresariales, entidades de derecho público, sociedades mercantiles públicas dependientes y fundaciones públicas y de conformidad con el punto segundo del mismo,

R E S U E L V O:

Disponer la publicación del Acuerdo por el que se modifica el Acuerdo de Gobierno de 22 de marzo de 2013, relativo a las medidas y acciones extraordinarias para la reducción del gasto en la actividad administrativa en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, organismos autónomos, entidades públicas empresariales, entidades de derecho público, sociedades mercantiles públicas dependientes y fundaciones públicas, en los términos del anexo.

Santa Cruz de Tenerife, a 17 de diciembre de 2013.- La Secretaria General, Ángeles Bogas Gálvez.

A N E X O

El Gobierno de Canarias, en sesión celebrada el día 13 de diciembre de 2013, fuera del orden del día, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

F.O.D. 10.- Propuesta de Acuerdo por el que se modifica el Acuerdo de Gobierno de 22 de marzo de 2013, relativo a las medidas y acciones extraordinarias para la reducción del gasto en la actividad administrativa en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, organismos autónomos, entidades públicas empresariales, entidades de derecho público, sociedades mercantiles públicas dependientes y fundaciones públicas (Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad).

El Gobierno en sesión celebrada el pasado 8 de noviembre de 2013 deja sin efecto el Acuerdo adoptado por el Gobierno el 1 de agosto de 2013, por el que se adoptaron medidas administrativas y contractuales necesarias para adaptar el gasto de la Comunidad Autónoma de Canarias a la financiación que finalmente conceda el Estado a través de subvenciones Gestionadas, modificado por otro de fecha 10 de octubre de 2013 y crea a los efectos de tramitar con carácter urgente y preferente los expedientes del Servicio Canario de Empleo relativos a Políticas Activas de Empleo una Comisión Extraordinaria, donde están representados todos los órganos que participan en el procedimiento de concesión de las referidas subvenciones.

El Servicio Canario de Empleo se encuentra tramitando dos convocatorias del programa de subvenciones de incentivos a la contratación, cuyas Bases Reguladoras, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2013, se contienen en el Anexo I de la Resolución de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo, de fecha 8 de agosto de 2013. Convocatorias que por motivos de agilidad y eficiencia, se prevé que la gestión y distribución de fondos a los beneficiarios finales de estas convocatorias, efectúe por medio de entidades colaboradoras designadas al efecto.

Las medidas y acciones extraordinarias aprobadas por el Gobierno, en sesión celebrada el 22 de marzo de 2013, para la reducción del gasto en la actividad administrativa en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, organismos autónomos, entidades públicas empresariales, entidades de derecho público, sociedades mercantiles públicas dependientes y fundaciones públicas, acuerdo que fue modificado posteriormente en sesión celebrada el 29 de agosto de 2013, contempla en su apartado 2.2, epígrafe 4, que "La entrega de los fondos públicos a las entidades que actúen como entidades colaboradoras en el abono de subvenciones se realizará una vez que haya surgido la obligación de pago al beneficiario. La Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad, a propuesta motivada del departamento concedente, podrá autorizar la entrega anticipada de fondos públicos antes de que surja la obligación de pago, siempre que no se menoscabe el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria. En el supuesto de entrega anticipada de los fondos públicos a las entidades que actúen como entidades colaboradoras, además se requerirá que la obligación de pago al beneficiario se produzca dentro del ejercicio presupuestario. La resolución de exceptuación establecerá la periodificación y las condiciones del abono anticipado".

Visto que la Consejería de Empleo, Industria y Empleo manifiesta que la fecha de publicación de las convocatorias con anterioridad a la finalización del presente ejercicio 2013, impide, de facto, que pueda cumplirse con la obligación consignada en el apartado 4 del punto 2.2 del mencionado Acuerdo de Gobierno de 22 de marzo de 2013, pues las obligaciones de pago, que se producirán una vez que se acrediten las contrataciones por parte de las empresas beneficiarias, nunca podrán producirse antes de que expire el ejercicio presupuestario de 2013.

Considerando que las convocatorias de subvenciones en tramitación van dirigidas a un ámbito territorial muy específico, las empresas radicadas en los municipios de Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife, al ostentar dichos municipios los niveles de desempleo más altos del archipiélago y que la no entrega de los fondos públicos anticipados a las referidas entidades colaboradoras dificultaría la concesión de las referidas subvenciones.

En su virtud, el Gobierno, tras deliberar y a propuesta conjunta de los Consejeros de Economía, Hacienda y Seguridad y de Presidencia, Justicia e Igualdad, acuerda:

Primero.- Modificar el apartado 2.2, epígrafe 4, del Acuerdo de Gobierno de 22 de marzo de 2013, relativo a las medidas y acciones extraordinarias para la reducción del gasto en la actividad administrativa en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, organismos autónomos, entidades públicas empresariales, entidades de derecho público, sociedades mercantiles públicas dependientes y fundaciones públicas, que quedaría redactado del siguiente modo:

"2.2. SUBVENCIONES Y APORTACIONES DINERARIAS.

...

"4. La entrega de los fondos públicos a las entidades que actúen como entidades colaboradoras en el abono de subvenciones se realizará una vez que haya surgido la obligación de pago al beneficiario. La Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad, a propuesta motivada del departamento concedente, podrá autorizar la entrega anticipada de fondos públicos antes de que surja la obligación de pago, siempre que no se menoscabe el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria. En el supuesto de entrega anticipada de los fondos públicos a las entidades que actúen como entidades colaboradoras, además se requerirá que la obligación de pago al beneficiario se produzca dentro del ejercicio presupuestario. No obstante, la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad, a propuesta también del departamento concedente, podrá autorizar que no se cumpla este requisito temporal cuando se trate de entidades que actúen como colaboradoras en la gestión de incentivos a la contratación dentro de las políticas activas de empleo. La resolución de exceptuación establecerá la periodificación y las condiciones del abono anticipado."

Segundo.- El presente acuerdo será publicado en el Boletín Oficial de Canarias.



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