BOC - 2013/206. Jueves 24 de Octubre de 2013 - 5236

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Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial

5236 - Dirección General de Ordenación del Territorio.- Anuncio por el que se da publicidad a la Resolución de 15 de octubre de 2013, que somete al trámite de información pública las modificaciones sustanciales del Plan Especial del Paisaje Protegido de La Geria (L-10), términos municipales de Yaiza, Tinajo, San Bartolomé y Teguise, en la isla de Lanzarote, aprobado definitivamente y de forma parcial por Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 28 de enero de 2013 (Expediente 052/02).

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En cumplimiento de las previsiones contenidas en el artículo 31 y siguientes del Reglamento de Procedimiento de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo, por los que se regula el trámite de información pública, mediante el presente anuncio se da publicidad a la Resolución nº 231 de 15 de octubre de 2013, del Director General de Ordenación del Territorio, por la que se somete a información pública las modificaciones sustanciales del Plan Especial del Paisaje Protegido de La Geria (L-10), términos municipales de Yaiza, Tinajo, San Bartolomé y Teguise, en la isla de Lanzarote, aprobado definitivamente y de forma parcial por Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 28 de enero de 2013 (Expediente 052/02), y cuyo texto es el siguiente:

ANTECEDENTES

1. La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en la sesión celebrada el 28 de enero de 2013, en su sede de Santa Cruz de Tenerife, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

"Primero.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.1, letra e), apartado I, del Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo, aprobar la memoria ambiental del Plan Especial del Paisaje Protegido de La Geria (expediente 052/02) en los términos en que fue propuesta.

Segundo.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24.3 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, y artículos 42.c) y 45 del Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo, aprobar definitivamente y de forma parcial el Plan Especial del Paisaje Protegido de La Geria (L-10). Lanzarote expediente 052/02, suspendiéndose la aprobación definitiva de las determinaciones y áreas que a continuación se indican y que, por considerarse modificaciones sustanciales deben someterse a nuevo trámite de información pública:

1. En cuanto a la Zonificación:

a. Ampliación de la Zona de Uso Moderado de Montaña Blanca.

b. Ampliación de la Zona de Uso Moderado de Juan Bello.

c. Ampliación de la Zona de Uso Moderado del Volcán II (Igualén y El Alto).

d. Zona de Uso Moderado de Guatisea.

2. En cuanto a la nueva categorización de los equipamientos estructurantes.

Pasan a ser recategorizados, en su totalidad, como Suelo rústico de Protección de Infraestructuras y Equipamientos.

3. En los Asentamientos Rurales de El Islote y Caldereta.

Se establece la unidad apta para edificación mínima de 500 m2 que figuraba en el documento aprobado inicialmente y se incorpora la ordenanza SRA-IB.

4. En los Asentamientos Rurales de Mozaga y La Florida.

Se ha incorporado una nueva ordenanza SRA-IA.

5. La ordenación viaria de los siguientes Asentamientos:

AR La Asomada (PA 25).

AR Conil (PA 26).

AR Masdache (PA 27).

AR Tegoyo (PA 28).

AR El Islote (PA 29).

AR Mozaga (PA 30).

AR La Caldereta (PA 31).

AR La Florida (PA 32).

Tercero.- Las áreas y determinaciones cuya aprobación definitiva ha resultado suspendida y que se relacionan en el dispositivo anterior serán sometidas a nuevo trámite de información pública y audiencia, debiendo remitirse nuevamente para su resolución definitiva por esta Comisión en un plazo no superior a seis (6) meses desde el presente Acuerdo.

Cuarto.- De conformidad con el artículo 38.2 del Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo, la contestación a las alegaciones presentadas, que se resuelven en los términos propuestos por la Dirección General de Ordenación del Territorio, será notificada a cada uno de los interesados, ajustándose al contenido del presente acuerdo de la COTMAC.

Igualmente el presente acuerdo será notificado a los Ayuntamientos de Yaiza, Tinajo, Tías, Teguise y San Bartolomé de Lanzarote, así como al Cabildo de Lanzarote.

Quinto.- El presente Acuerdo será publicado en el Boletín Oficial de Canarias, incorporando como anexo la normativa aprobada."

2. La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en la sesión celebrada el 30 de Septiembre de 2013, en su sede de Las Palmas de Gran Canaria, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- De conformidad con el artículo 105.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, aprobar la corrección error material producido en la transcripción de los ámbitos suspendidos correspondientes a los denominados equipamientos estructurantes reconocidos en el artículo 33 de la normativa del Plan Especial del Paisaje Protegido de La Geria (expediente 52/02), debiendo reflejarse en los planos de Clasificación y Categorización de Suelo (Planos N-21 N-21.1 y N-21.2) dos de las bodegas que figuran en el citado artículo 33 y que quedaron excluidas de su expresión gráfica por error.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El cumplimiento de los trámites de información pública, consulta y de solicitud de informe se realizarán conforme a lo establecido en los artículos 31 y siguientes del Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias (en adelante RP). En particular, y al tratarse de un procedimiento que afecta a islas no capitalinas, habrá de observarse los requisitos establecidos en el Decreto 224/1993, de 29 de julio, por el que se regula la realización del trámite de información pública en los procedimientos que afecten a las islas no capitalinas. El periodo de información pública será de un mes, quedando la publicación del anuncio de información pública suspendida hasta que se tenga constancia de que la documentación se encuentra en condiciones de ser expuesta en la isla correspondiente.

Segunda.- En aplicación del artículo 42.2.a) del TR, modificado por la LMU, se establece que el plazo de tramitación quedará suspendido cuando deban solicitarse informes preceptivos durante el plazo fijado legalmente para su adopción y notificación.

Visto el expediente y en virtud de la facultades otorgadas en el artículo 37.1 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial, aprobado por Decreto 20/2004, de 2 de marzo, vigente a todos los efectos, tal y como deriva de la Disposición Transitoria Primera del Decreto 170/2011, de 12 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias,

R E S U E L V O:

Primero.- Someter a los trámites de información pública por plazo de 40 días a partir del día siguiente al de su publicación, y de audiencia, las áreas y determinaciones cuya aprobación definitiva han resultado suspendidas en virtud del Acuerdo de COTMAC de fecha 28 de enero de 2013, y que se relacionan en su dispositivo segundo, conforme con los artículos 31 y siguientes del RP. En particular, y al tratarse de un procedimiento que afecta a islas no capitalinas, habrá de observarse los requisitos establecidos en el Decreto 224/1993, de 29 de julio, por el que se regula la realización del trámite de información pública en los procedimientos que afecten a las islas no capitalinas, estando el expediente de manifiesto en las siguientes oficinas de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes:

- Dirección General de Ordenación del Territorio, calle Agustín Millares Carlo, 22, Edificio de Usos Múltiples I, 7ª planta, Las Palmas de Gran Canaria.

- Cabildo de Lanzarote.

Asimismo el documento podrá consultarse en la web del Gobierno de Canarias https://www.gobiernodecanarias.org/cmayot/espaciosnaturales/tramitacion/index.html.

Segundo.- Ordenar la publicación del anuncio de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias y en al menos, uno de los diarios locales de mayor difusión, de acuerdo con los artículos 10.1, 27, 30 y 31 del RP.

Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de octubre de 2013.- El Director General de Ordenación del Territorio, Jesús Romero Espeja.



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