Por Ernesto Trujillo Brito, en calidad de Presidente de la citada Comunidad de Regantes, se ha presentado escrito y proyecto de Estatutos y Ordenanzas de la Comunidad de Regantes "La Cantera de Gáldar", en los términos municipales de Gáldar y Santa María de Guía, para su aprobación por el Consejo Insular de Aguas, de conformidad con lo previsto en el artículo 24 y siguientes de la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas de Canarias, en colación con el artículo 120 y siguientes del Decreto 86/2002, de 2 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico de Canarias.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 130 del Decreto 86/2002, de 2 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico de Canarias, y 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público a fin de que en el plazo de treinta días, a contar desde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, cualquier persona física o jurídica pueda examinar el procedimiento, a cuyo efecto, el expediente estará de manifiesto en el Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria, sito en la Avenida Juan XXIII, n° 2, de esta capital, durante las horas de oficina.
Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de agosto de 2013.- El Presidente, p.d., el Vicepresidente (Decreto nº 195, de 19.11.12), Francisco Miguel Santana Melián.
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