BOC - 2013/152. Jueves 8 de Agosto de 2013 - 4251

III. Otras Resoluciones

Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad

4251 - Secretaría General Técnica.- Resolución de 1 de agosto de 2013, por la que se delega en el Director General de la Función Pública la competencia para proceder a la modificación sustancial del contrato de trabajo de los trabajadores adscritos a este Departamento que se encuentren incursos en el proceso de redistribución de efectivos a la Dirección General de Patrimonio y Contratación, acordado por el Gobierno de Canarias en sesión de 25 de abril de 2013.

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El Gobierno de Canarias, en sesión celebrada el 22 de marzo de 2013, adoptó el acuerdo por el que se aprobaron las Medidas y Acciones extraordinarias para la reducción del gasto en la actividad administrativa en la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y organismos autónomos, en las que quedó establecida, entre otras medidas, que la Dirección General de Patrimonio y Contratación continuaría prestando el servicio de transporte compartido para el traslado desde los aeropuertos de las islas de Tenerife y Gran Canaria a los principales centros administrativos, y que se implantaría el servicio centralizado de traslado del personal y altos cargos (salvo Consejeros) desde la sede administrativa de los departamentos en los edificios de Servicios Múltiples, en un primer momento, para, posteriormente, cuando quede constatado el correcto funcionamiento del servicio, ampliarlo al resto de los departamentos cuyas dependencias se encuentren fuera de los referidos edificios.

En la sesión del 25 de abril de 2013, el Gobierno de Canarias adoptó el acuerdo relativo a los servicios de representación oficial, servicios ordinarios, así como el servicio de valija interna de los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y Organismos Públicos dependientes de esta, ubicados en los Edificios de Servicios Múltiples de la Comunidad Autónoma de Canarias, donde se establecía en su apartado cuarto el número de efectivos que cada departamento y organismo autónomo debía aportar a la Dirección General de Patrimonio y Contratación de la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad para la realización de las tareas encomendadas, habilitando (apartado cinco) a la Dirección General de la Función Pública para que se adoptasen las resoluciones administrativas que procedieran para la adscripción del personal objeto de la movilidad; quedando establecidos los criterios para que la Dirección General de la Función Pública llevara a cabo la referida redistribución mediante el acuerdo adoptado por el Gobierno de Canarias en sesión de 16 de mayo de 2013.

En virtud de la citada delegación, por la Dirección General de la Función Pública se han dictado las resoluciones nº 432 y nº 433, de 28 de mayo de 2013, por las que se acordó la movilidad funcional de determinados trabajadores y la atribución temporal de los funcionarios que, a propuesta de los diferentes departamentos y organismos autónomos, serían objeto de la mencionada redistribución de efectivos; y las resoluciones nº 442 y nº 443, de 29 de mayo de 2013, por las que, a propuesta de la Dirección General de Patrimonio y Contratación, se dejaba en suspenso la fecha de incorporación prevista inicialmente para el 3 de junio de 2013.

La Dirección General de Patrimonio y Contratación de la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad, órgano del que pasarán a depender funcionalmente los empleados públicos objeto de la movilidad funcional y de la atribución temporal de funciones, ha determinado que para la realización de las funciones que le encomienda el Acuerdo de Gobierno de Canarias de 25 de abril de 2013, requiere que un colectivo de seis empleados públicos en Santa Cruz de Tenerife y otros seis en Las Palmas de Gran Canaria, realicen la jornada en turno de tarde. Por ello se han dirigido a la Dirección General de la Función Pública a los efectos de que se arbitre el procedimiento necesario para contar con doce efectivos que desempeñen su jornada de trabajo en horario de tarde.

A propuesta de la Dirección General de la Función Pública, y a los efectos de que se centralice y coordine todo el procedimiento de redistribución de efectivos, considerando que la competencia para la selección y formación de los contratos de personal laboral temporal corresponde a este Centro Directivo en virtud de lo establecido en el artículo 15.6 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias, y en el artículo 22.2.f) del Decreto 12/2004, de 10 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía y Hacienda, razones de índole organizativa y de eficacia aconsejan, al amparo de lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pública y del Procedimiento Administrativo Común, así como en el artículo 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, delegar dicha competencia, por lo que en virtud de lo expuesto,

R E S U E L V O:

1º.- Delegar en la Dirección General de la Función Pública la competencia para proceder a la modificación sustancial de las condiciones de trabajo de los trabajadores de este Departamento que se encuentran incursos en el proceso de redistribución de efectivos a la Dirección, General de Patrimonio y Contratación, a propuesta de la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad.

2º.- Notificar la presente resolución a la Dirección General de la Función Pública, debiendo hacerse constar en las actuaciones que se realicen la autoridad de procedencia así como la presente resolución, debiendo entenderse aquellas realizadas por el órgano delegante.

Santa Cruz de Tenerife, a 1 de agosto de 2013.- La Secretaria General Técnica, Cristina de León Marrero.



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