BOC - 2013/94. Viernes 17 de Mayo de 2013 - 2445

III. Otras Resoluciones

Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda

2445 - Dirección General de Políticas Sociales e Inmigración.- Resolución de 25 de abril de 2013, por la que se delega en la persona titular de la Dirección General de Dependencia, Infancia y Familia la competencia para proponer determinados pagos con cargo al presupuesto de esta Dirección General.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Por este departamento se tiene previsto la suscripción de un convenio con cada uno de los Cabildos Insulares con el fin articular la colaboración entre la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda y el respectivo Cabildo Insular para la prestación de los servicios de centro de día y de noche, así como de atención residencial (residencias, viviendas tuteladas y hogares funcionales) incluidos en la Red de Centros Sociosanitarios, propios, concertados o convenidos por el referido Cabildo, a las personas mayores o con discapacidad que tengan reconocida la situación de dependencia, determinado el requerimiento sanitario, en su caso, y se les hayan asignado dichos servicios en el Programa Individual de Atención.

La financiación de estos convenios se recoge en los Presupuestos de Gastos asignados a las dos Direcciones Generales, no obstante, circunstancias de índole técnica, de eficacia y de celeridad en la tramitación de los pagos previstos en el mismo, aconsejan que las propuestas de pago de los citados convenios, se tramiten por un solo Centro Directivo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, regula en su artículo 13 la delegación de competencias de los órganos de las diferentes Administraciones Públicas, posibilitando la misma en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, así como el régimen que rige las distintas delegaciones.

Segundo.- La delegación del ejercicio de una competencia podrá revocarse en cualquier momento por el órgano que la haya conferido, con arreglo al artículo 13.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero.- El artículo 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, prevé que el ejercicio de las competencias propias podrá ser delegado en el órgano que, por la aplicación del principio de eficacia, sea más idóneo para ello, añadiendo que las delegaciones podrán ser avocadas por el órgano delegante, con carácter general o para la resolución de un determinado expediente.

En su virtud, vistos los textos legales citados y demás normas de pertinente aplicación,

R E S U E L V O:

Primero.- Delegar en la persona titular de la Dirección General de Dependencia, Infancia y Familia la competencia para proponer a la persona titular de la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, los pagos correspondientes en la ejecución de los Convenios que se suscriban con los Cabildos Insulares para la "Prestación de servicios en Centros Residenciales y Centros de Día y de Noche a personas en situación de dependencia y, en general, a personas mayores o con discapacidad" que se imputen al presupuesto de la Dirección General de Políticas Sociales e Inmigración.

Segundo.- Notificar la presente Resolución a la persona titular de la Dirección General de Dependencia, Infancia y Familia, y publicar la misma en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercero.- La presente delegación surtirá sus efectos a partir de su publicación.

Esta Resolución no agota la vía administrativa, y contra la misma cabe interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación.

Santa Cruz de Tenerife, a 25 de abril de 2013.- La Directora General de Políticas Sociales e Inmigración, Ángeles Nieves Fernández Acosta.



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