Según lo establecido en el artº. 4 del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, sobre depósito de los estatutos de las organizaciones constituidas al amparo de la Ley 19/1977, reguladora del derecho de asociación sindical (BOE nº 101, de 28.4.77), y siendo competente para ello esta Dirección General de Trabajo al haberse transferido estas funciones a la Comunidad Autónoma Canaria mediante Real Decreto 661/1984, de 25 de enero, y vistas las facultades conferidas en el Decreto 55/2012, de 14 de junio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio (BOC nº 123, de 25.6.12), se hace público que en esta Dirección General se ha depositado documentación sobre la constitución de la asociación profesional que se detalla:
DENOMINACIÓN: ACATA-Asociación Canaria de Terapias Alternativas.
ÁMBITO TERRITORIAL: Comunidad Autónoma de Canarias.
DOMICILIO: calle Joaquín Blume, nº 11, c.p. 35110-Santa Lucía de Tirajana.
ÁMBITO PROFESIONAL: - Todos los licenciados, diplomados o graduados universitarios relacionados con ciencias de la salud o de la actividad física que además tengan formación demostrable (cursos, talleres, etc.) en terapias alternativas.
- Todas las personas en general que tengan formación demostrable (cursos, talleres, etc.) en terapias alternativas.
FIRMANTES DEL ACTA DE LA SESIÓN: D. Francisco Jonay Espino Alejandro, Dña. Yurena María Suárez González y Dña. Yaiza del Carmen Espino Alejandro.
Los interesados podrán formular por escrito las alegaciones que estimen procedentes en el plazo de veinte días contados a partir de su publicación.
Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de abril de 2013.- La Directora General de Trabajo, Gloria del Pilar Gutiérrez Arteaga.
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