BOC - 2013/43. Lunes 4 de Marzo de 2013 - 938

III. Otras Resoluciones

Presidencia del Gobierno

938 - Comisionado para el Desarrollo del Autogobierno y las Reformas Institucionales.- Resolución de 13 de febrero de 2013, por la que se da publicidad al Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias, de 17 de enero de 2013, en relación con el Decreto Legislativo 1/2012, de 21 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación de la Actividad Comercial de Canarias y reguladora de la licencia comercial.

Descargar en formato pdf

De conformidad con lo establecido en el artículo 33.2.c) de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, dispongo que se publique en el Boletín Oficial de Canarias el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias de 17 de enero de 2013, en relación con el Decreto Legislativo 1/2012, de 21 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación de la Actividad Comercial de Canarias y reguladora de la licencia comercial.

Santa Cruz de Tenerife, a 13 de febrero de 2013.- El Comisionado para el Desarrollo del Autogobierno y las Reformas Institucionales, Fernando Ríos Rull.

Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad

Autónoma de Canarias

ACUERDO DE LA COMISIÓN BILATERAL DE COOPERACIÓN ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO-COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS EN RELACIÓN CON EL DECRETO LEGISLATIVO 1/2012, DE 21 DE ABRIL, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LAS LEYES DE ORDENACIÓN DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL DE CANARIAS Y REGULADORA DE LA LICENCIA COMERCIAL.

La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias, en su reunión celebrada el día 17 de enero de 2013 ha adoptado el siguiente Acuerdo:

1º. De conformidad con las negociaciones previas celebradas por el Grupo de Trabajo constituido en cumplimiento de lo previsto en el Acuerdo de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Comunidad Autónoma Canarias-Estado, de fecha de 11 de junio de 2012 para el estudio y propuesta de solución de las discrepancias competenciales manifestadas en relación con determinados preceptos del Decreto Legislativo 1/2012, de 21 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación de la Actividad Comercial de Canarias y reguladora de la licencia comercial, ambas partes las consideran solventadas en razón de los compromisos siguientes asumidos respecto de los preceptos de dicha Ley:

A) Ambas partes coinciden en interpretar que el informe que, según el artículo 41.2, debe elaborar el órgano autonómico que tenga atribuida la potestad en temas de la competencia con carácter previo al otorgamiento de la licencia no tiene carácter vinculante. En este sentido, y en el marco de lo dispuesto en el artículo 10.e) de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, la Comunidad Autónoma de Canarias se compromete a promover la eliminación de petición de dicho informe.

B) Asimismo ambas partes coinciden en interpretar que el informe que, según el artículo 46, debe solicitarse a la Consejería de Empleo no tiene carácter vinculante sobre valoraciones de requisitos de naturaleza económica de acuerdo con la definición dada en el artículo 10.e) de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios. En este sentido, la Comunidad Autónoma de Canarias se compromete a valorar la eliminación de petición de dicho informe.

2º. En razón al acuerdo alcanzado, ambas partes coinciden en considerar resueltas las discrepancias manifestadas en relación al precepto contemplado en este acuerdo y concluida la controversia planteada.

3º. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional, a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de Canarias.- Madrid, a 17 de enero de 2013.- Cristóbal Montoro Romero, Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas.- José Miguel Pérez García, Vicepresidente del Gobierno de Canarias.



© Gobierno de Canarias