BOC - 2013/3. Viernes 4 de Enero de 2013 - 45

III. Otras Resoluciones

Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad

45 - Orden de 27 de diciembre de 2012, por la que se aprueba la Bandera del Municipio de Fuencaliente de La Palma.

Descargar en formato pdf

Visto el expediente tramitado por la Viceconsejería de Administración Pública para la aprobación de la Bandera del Municipio de Fuencaliente de La Palma.

Visto el informe-propuesta formulado por la Comisión de Heráldica de Canarias en sesión celebrada el día 12 de diciembre de 2012.

Teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES

1.- El Ayuntamiento de Fuencaliente de La Palma, en sesión plenaria de carácter ordinario celebrada el día 28 de junio de 2012, acordó aprobar el inicio del expediente de aprobación de la Bandera del Municipio.

El citado acuerdo y su expediente fueron expuestos al público por plazo de un mes, insertándose el correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nº 123, de fecha 14 de septiembre de 2012 y en el tablón de anuncios de la Corporación, sin que se formularan reclamaciones o sugerencias de ninguna clase, tal como consta en la certificación del Secretario-Interventor del Ayuntamiento incorporada al expediente.

2.- La Comisión de Heráldica de la Comunidad Autónoma de Canarias, en sesión celebrada el día 12 de diciembre de 2012, adoptó el acuerdo de informar favorablemente el expediente de proyecto de Bandera del Municipio de Fuencaliente de La Palma, aprobado inicialmente por el citado Ayuntamiento.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

El expediente se ha tramitado de conformidad a las prescripciones contenidas en el Decreto 123/1990, de 29 de junio, por el que se regula el procedimiento a seguir para la aprobación por la Comunidad Autónoma de Canarias de escudos heráldicos, blasones y banderas de las islas y municipios del Archipiélago, con las modificaciones efectuadas por el Decreto 157/1992, de 8 de octubre.

En el ejercicio de la competencia que tengo atribuida por el artículo 18.m) del Decreto nº 331/2011, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad (BOC nº 252, de 27.12.11),

R E S U E L V O:

Aprobar la Bandera del Municipio de Fuencaliente de La Palma, cuya representación gráfica figura como anexo, según la siguiente descripción:

"De paño rectangular de seda, tafetán, raso, lanilla, fibra sintética, entre otras, y según los casos, con una proporción 2:3 (una vez y media más largo que ancho), formada por un triángulo isósceles, de color negro, que tiene sus vértices en los ángulos superiores al asta y al batiente, hasta el punto medio del borde inferior, conformando de esta manera, también, dos triángulos escalenos de igual tamaño donde, el situado al asta, es de color azul marino, y el situado al batiente, de color rojo fuego. Si la bandera ostentara el Escudo Heráldico del Municipio, este será colocado en el centro de la misma".

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su modificación operada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 27 de diciembre de 2012.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA,

JUSTICIA E IGUALDAD,

Francisco Hernández Spínola.



© Gobierno de Canarias