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BOC Nº 231. Lunes 26 de Noviembre de 2012 - 5908

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Consejería de Sanidad

5908 Servicio Canario de la Salud. Dirección General de Recursos Humanos.- Resolución de 16 de noviembre de 2012, por la que se admiten renuncias, se aprueba la resolución definitiva del concurso de traslados voluntario para la provisión de plazas básicas de Médicos de Familia de Equipos de Atención Primaria del Servicio Canario de la Salud, convocado por Resolución de esta Dirección General de 14 de abril de 2008 (BOC nº 82, de 23.4.08), y se determina la apertura del plazo de toma de posesión de los adjudicatarios del mencionado concurso.

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BOC-A-2012-231-5908. Firma electrónica - Descargar

Teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Resolución de 14 de abril de 2008, de esta Dirección General, se convocó concurso de traslados voluntario para la provisión de plazas básicas de Médicos de Familia de Equipos de Atención Primaria del Servicio Canario de la Salud (BOC nº 82, de 23.4.08), en ejecución de la Oferta de Empleo Público del Personal Estatutario del Servicio Canario de la Salud para 2007, aprobada por Decreto 150/2007, de 24 de mayo (BOC nº 114, de 8.6.07).

Con fecha 21 de agosto de 2008, recayó Resolución de esta Dirección General por la que se modificó la convocatoria del concurso de traslados anteriormente citado y se abrió nuevo plazo de presentación de solicitudes (BOC nº 176, de 3.9.08).

Contra la Resolución de 21 de agosto citada en el párrafo anterior, se interpuso recurso contencioso-administrativo por D. Juan Sendra Soler, el cual fue sustanciado por el procedimiento abreviado nº 64/2009 ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 6 de Las Palmas de Gran Canaria.

Segundo.- Mediante Resolución de esta Dirección General nº 203, de fecha 10 de febrero de 2009, se aprobó la Relación Provisional de Aspirantes Admitidos y Excluidos del concurso de traslados citado, la cual fue objeto de publicación en los lugares previstos en la base tercera de la convocatoria con fecha 12 de febrero de 2009.

Tercero.- El 3 de febrero de 2011 se recibió en este Centro Directivo testimonio de la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, por medio de la que se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia de 10 de julio de 2009 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 6 de Las Palmas de Gran Canaria, la cual confirma, del siguiente tenor literal:

"Que estimando el recurso presentado por D. Juan Sendra Soler, en su propio nombre y representación, se declara la nulidad del resuelvo segundo de la Resolución objeto del presente recurso, sin hacer especial pronunciamiento en cuanto a costas."

Cuarto.- Mediante Resolución de esta Dirección General de fecha 23 de febrero de 2011 (BOC nº 60, de 23.3.11), se dispone el cumplimiento del fallo de la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, recaída en relación al procedimiento abreviado nº 64/2009, en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. Juan Sendra Soler, al que se ha hecho referencia en el antecedente de hecho primero de la presente Resolución. Los resuelvos segundo, tercero y cuarto de la referida Resolución de fecha 23 de febrero de 2011, son del siguiente tenor literal:

"Segundo.- Conservar los actos y trámites cuyo contenido se hubiera mantenido igual pese a la nulidad del resuelvo segundo de la Resolución de 21 de agosto de 2008 citada, concretamente, conservar la Resolución nº 461, de 22 de septiembre de 2008, de este Centro Directivo, por la que se designaron los miembros de la Comisión de Valoración del concurso de traslados voluntario para la provisión de plazas básicas de Médicos de Familia de Equipos de Atención Primaria en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, así como la Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos nº 203, de 10 de febrero de 2009, por la que se aprobó la Relación Provisional de Aspirantes Admitidos y Excluidos del concurso de traslados citado.

Tercero.- Retrotraer el procedimiento al momento procesal oportuno, esto es, a fecha de 25 de febrero de 2009, momento en que finalizó el plazo para formular reclamaciones contra la omisión o exclusión frente a la Relación Provisional de concursantes Admitidos y Excluidos, así como para subsanar los defectos que la motivaron.

Al retrotraerse el procedimiento las solicitudes, hojas de petición de plazas y renuncias que se tendrán en consideración serán las vigentes a fecha 24 de febrero de 2009 (inclusive), sin perjuicio de la posibilidad de los concursantes, hasta la finalización del plazo para formular reclamaciones contra la Resolución Provisional del concurso, de retirar su solicitud o de modificarla mediante la presentación de una nueva instancia, que anulará totalmente la anterior, tal y como señala la base séptima, apartado quinto y la base duodécima, apartado dos de la Resolución de convocatoria.

Cuarto.- Dar traslado a la Comisión de Valoración del concurso de traslados de la Sentencia recaída en el procedimiento nº 64/2009 a efectos del inicio de la baremación de los expedientes de los concursantes en el citado proceso de acuerdo al baremo establecido en la Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos de 14 de abril de 2008, por la que se convocó concurso de traslados voluntario para la provisión de plazas básicas de Médicos de Familia de Equipos de Atención Primaria del Servicio Canario de la Salud (BOC nº 82, de 23.4.08)".

Quinto.- De conformidad con lo dispuesto en las bases novena y decimotercera de la convocatoria del concurso de traslados de referencia, con fecha 25 de enero de 2012 la Comisión de Valoración elevó a este Órgano una relación ordenada de los concursantes de acuerdo a la valoración otorgada a sus méritos (con indicación de la puntuación total y de las parciales correspondientes a cada apartado del baremo) así como Propuesta de asignación de plazas de acuerdo a las solicitudes y al orden obtenido en la valoración de méritos.

Sexto.- Con fecha 30 de enero de 2012, se publica la Resolución Provisional del concurso de traslados. De acuerdo con la base decimotercera de la convocatoria, los concursantes admitidos dispusieron de un plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente a su publicación, para formular reclamaciones contra la Resolución Provisional.

Séptimo.- Con fecha 21 de junio de 2012, tuvo entrada en esta Dirección General oficio de la Secretaria de la Comisión de Valoración al que se adjunta la Propuesta Preceptiva en relación a las reclamaciones presentadas por los concursantes contra la referida Resolución Provisional del concurso que versaban sobre la valoración de méritos así como una nueva relación ordenada de los concursantes con indicación de la puntuación total y de las parciales correspondientes a cada apartado del baremo.

Con fecha 19 de julio de 2012, tiene entrada en esta Dirección General la Propuesta Definitiva de Adjudicación de Plazas de los concursantes, aprobada por la Comisión de Valoración en sesión celebrada el 17 de julio de 2012.

Con fecha 27 de septiembre de 2012, tiene entrada en esta Dirección General oficio al que se adjunta acta de la sesión celebrada por la Comisión de Valoración con fecha 28 de agosto de 2012, en la que se completa la Propuesta Definitiva de Adjudicación de Plazas de los concursantes con la inclusión del concursante D. Ramón Celso Fernández Armas (D.N.I. nº 42021299-T), su puntuación total así como las parciales por cada apartado del baremo y la plaza que le corresponde, señalándose que no afecta a la propuesta de adjudicación de plazas acordada por la Comisión de Valoración el 17 de julio de 2012.

Octavo.- En el Boletín Oficial de Canarias nº 201, de fecha 15 de octubre de 2012, se publicó el Decreto 84/2012, de 4 de octubre, por el que se modifica parcialmente el Decreto 123/1999, de 17 de junio (BOC nº 92, de 14.7.99), sobre selección de personal estatutario y la provisión de plazas básicas y puestos de trabajo en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, concretamente, se modifica la redacción del apartado 2 del artículo 35 del referido Decreto 123/1999, de 17 de junio, que queda como sigue:

"2. La toma de posesión de la nueva plaza deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al del cese, si las plazas son de la misma Área de Salud, o en el de un mes, si pertenecen a distinta Área de Salud. En el caso de que la adjudicación de plaza suponga el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión será de un mes a contar desde la publicación de la resolución definitiva del concurso.

Cuando la resolución del concurso implique cambio en el Servicio de Salud de destino, el plazo de toma de posesión será de un mes a contar desde el día del cese.

Si así lo permiten las necesidades del servicio y, a petición del interesado, los plazos a que se refieren los párrafos anteriores podrán ser prorrogados por tiempo no superior a la mitad de su duración inicial".

En aplicación de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Única del Decreto 84/2012, de 4 de octubre, anteriormente citado, se dicta por esta Dirección General Resolución con fecha 7 de noviembre de 2012 (BOC nº 225, de 16 de noviembre de 2012), por la que se modifica la redacción del apartado 2 de la base decimosexta de las convocatorias de concurso de traslados voluntario para la provisión de plazas básicas de las categorías de Médicos de Familia de Equipos de Atención Primaria, Ayudantes Técnicos Sanitarios/Diplomados Universitarios en Enfermería y Ayudante Técnico Sanitario/Diplomado Universitario en Enfermería de Urgencias Extrahospitalarias del Servicio Canario de la Salud, que fueron efectuadas mediante Resoluciones de esta Dirección General de fechas 14 de abril de 2008 (BOC nº 82, de 23.4.08), de 10 de febrero de 2009 (BOC nº 34, de 19.2.09) y de 6 de julio de 2009 (BOC nº 144, de 27.7.09), respectivamente.

A los anteriores hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La base decimocuarta de la convocatoria del concurso de traslados voluntario para la provisión de plazas básicas de Médicos de Familia de Equipos de Atención Primaria del Servicio Canario de la Salud (BOC nº 82, de 23.4.08) -relativa a la Resolución definitiva del concurso- es del siguiente tenor literal: "las reclamaciones contra la resolución provisional del concurso serán rechazadas o admitidas por la Dirección General de Recursos Humanos mediante la resolución definitiva del concurso, que será publicada en el Boletín Oficial de Canarias. La Comisión de Valoración formulará propuesta preceptiva, con carácter previo a la resolución definitiva, respecto de aquellas reclamaciones que versen sobre la valoración de méritos".

Segundo.- El apartado quinto de la base séptima de la convocatoria del concurso de traslados de referencia otorga a los concursantes la posibilidad, desde el inicio del plazo de presentación de solicitudes y hasta la finalización del plazo para formular reclamaciones contra la resolución provisional del concurso, de retirar su solicitud o de modificarla mediante la presentación de una nueva instancia, la cual anulará la anterior.

El apartado 2 de la base duodécima de la convocatoria establece que las retiradas voluntarias del concurso serán tomadas en consideración, siempre que las mismas se produzcan con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de reclamaciones contra la resolución provisional.

Dentro del plazo establecido al efecto, presentaron escrito en el que renuncian a la participación en el concurso de traslados para la provisión de plazas básicas de Médicos de Familia de Equipos de Atención Primaria del Servicio Canario de la Salud, los siguientes concursantes:

- Bassam, Hammad Khadour (46336103-G).

- Cova Díaz, Ignacio Javier (42053494-H).

- Criado González, Luis Carlos (42037634-M).

- García Vega, Pablo Enrique (43250158-S).

- Guerra Hernández, Isabel María (42158024-J).

- Llorente García, Evangelina (16782784-Y).

- Martín Delgado, Enrique (42056259-T).

- Meneses Fraga, María Carmen (42923722-H).

- Prieto Rodríguez, María del Carmen (42047180-Y).

- Prieto Rodríguez, Rosa Angélica (43621035-V).

- Rodríguez Gutiérrez, Juan José (42741485-X).

- Rodríguez Hodgson, Clotario J. (42025329-M).

- Rodríguez Pérez, Ana Denis (42158012-R).

- Taboada García, Margarita A. (42054483-H).

Con fecha 20 de febrero de 2012, esto es, con posterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de reclamaciones contra la Resolución Provisional del concurso, don Juan José Rodríguez Gutiérrez, con D.N.I. nº 42.741.485-X, presentó escrito en esta Dirección General, por el que solicita se deje sin efecto su renuncia a la participación en el concurso formulada dentro del plazo establecido al efecto.

Tercero.- La base duodécima de la convocatoria, relativa a la "Adjudicación de plazas", establece textualmente en su apartado segundo lo siguiente: "Las bajas de los concursantes que se produzcan durante la tramitación del concurso de traslados, dimanantes de cualquier causa que determine la pérdida de los requisitos necesarios para su participación en el mismo ... serán tomadas en consideración siempre que las mismas se produzcan con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de reclamaciones contra la resolución provisional. Dichas bajas determinarán que la plaza que pudiera haber obtenido el concursante afectado se adjudique al siguiente".

En cuanto a los requisitos exigidos para participar en este concurso, establece textualmente la base quinta de la convocatoria en su apartado tercero lo siguiente: "Los requisitos exigidos para participar en este concurso deberán mantenerse a lo largo de todo el proceso y hasta la toma de posesión en la plaza adjudicada. En caso contrario se perderán todos los derechos derivados de la convocatoria".

Por las circunstancias que constan en los correspondientes expedientes, han incurrido en causa que determina la pérdida de los derechos derivados de la convocatoria, los siguientes aspirantes:

- Alegre Pérez, Eulalio José (09669323-P).

- Contreras García, Isabel (41993781-P).

Cuarto.- La base decimocuarta de la convocatoria prevé que las reclamaciones contra la resolución provisional del concurso serán rechazadas o admitidas por la Dirección General de Recursos Humanos mediante la resolución definitiva del concurso, que será publicada en el Boletín Oficial de Canarias. La Comisión de Valoración formulará propuesta preceptiva, con carácter previo a la resolución definitiva, respecto de aquellas reclamaciones que versen sobre la valoración de méritos.

Dentro del plazo establecido al efecto, formularon reclamación contra la resolución provisional del concurso de traslados para la provisión de plazas básicas de Médicos de Familia de Equipos de Atención Primaria del Servicio Canario de la Salud, los siguientes concursantes:

- García de Carlos, María Paloma (05260691-Q).

- López Martín, Pedro Manuel (42058002-H).

- Sendra Soler, Juan (77087293-X).

- Alguacil Martínez, Purificación (43259283-D).

- Bernal Blasco, Inmaculada (07864686-C).

- García Sánchez-Real, Beatriz (07211220-F).

- Hervás Loeches, Antonio (51858832-L).

- Peña Navais, Agustín (12706401-M).

- Santana Bethencourt, Margarita (43254047-V).

Con fecha 21 de junio de 2012, tuvo entrada en esta Dirección General, propuesta de la Comisión de Valoración en relación a las reclamaciones presentadas, la cual se encuentra a disposición de los concursantes, en las dependencias de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, sitas en los lugares previstos en la base tercera de la Resolución de convocatoria.

Quinto.- La Resolución de esta Dirección General de fecha 21 de agosto de 2008 (BOC nº 176, de 3.9.08), por la que se modifica la convocatoria del concurso de traslados de referencia, añadió un apartado sexto a la base séptima de la referida convocatoria, del tenor literal siguiente:

"6. Ningún concursante podrá obtener más de un destino definitivo como consecuencia de su participación simultánea en más de un procedimiento de movilidad voluntaria derivado del Decreto 150/2007, de 24 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del personal estatutario del Servicio Canario de la Salud para el año 2007".

De conformidad con el apartado 6 de la base séptima anteriormente transcrito, los aspirantes que a continuación se relacionan no pueden resultar adjudicatarios de plaza en este concurso de traslados al haber obtenido plaza en el concurso de traslados de Médicos de Familia de Urgencias Extrahospitalarias, concurso de traslados este último que fue convocado por Resolución de esta Dirección General de 21 de agosto de 2008 (BOC nº 176, de 3.9.08) y resuelto mediante Resolución de este Órgano de fecha 8 de julio de 2009 (BOC nº 146, de 29.7.09):

- Delgado Rivero, Asunción Rosa (42.781.835-H).

- Santos Hernández, Rafael (42.047.901-Z).

En virtud de lo expuesto, vistas las propuestas de la Comisión de Valoración relativas a las reclamaciones presentadas contra la Resolución Provisional del concurso de traslados que versan sobre la valoración de méritos así como a la adjudicación definitiva de plazas, y en uso de las competencias que tengo atribuidas por el artículo 33.4 del Decreto 123/1999, de 17 de junio, sobre selección de personal estatutario y la provisión de plazas básicas y puestos de trabajo en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud (BOC nº 92, de 14 de julio), recogida en la base decimocuarta de la convocatoria,

R E S U E L V O:

Primero.- Admitir las renuncias a participar en el concurso de traslados voluntario para la provisión de plazas básicas de Médicos de Familia de Equipos de Atención Primaria del Servicio Canario de la Salud, convocado por Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos de 14 de abril de 2008 (BOC nº 82, de 23.4.08) formuladas por los aspirantes que a continuación se relacionan:

- Bassam, Hammad Khadour (46336103-G).

- Cova Díaz, Ignacio Javier (42053494-H).

- Criado González, Luis Carlos (42037634-M).

- García Vega, Pablo Enrique (43250158-S).

- Guerra Hernández, Isabel María (42158024-J).

- Llorente García, Evangelina (16782784-Y).

- Martín Delgado, Enrique (42056259-T).

- Meneses Fraga, María Carmen (42923722-H).

- Prieto Rodríguez, María del Carmen (42047180-Y).

- Prieto Rodríguez, Rosa Angélica (43621035-V).

- Rodríguez Gutiérrez, Juan José (42741485-X).

- Rodríguez Hodgson, Clotario J. (42025329-M).

- Rodríguez Pérez, Ana Denis (42158012-R).

- Taboada García, Margarita A. (42054483-H).

Segundo.- Inadmitir, por extemporánea, la solicitud de dejar sin efecto la renuncia a participar en el concurso de traslados voluntario para la provisión de plazas básicas de Médicos de Familia de Equipos de Atención Primaria del Servicio Canario de la Salud, convocado por Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos de 14 de abril de 2008 (BOC nº 82, de 23.4.08), formulada por don Juan José Rodríguez Gutiérrez, con D.N.I. nº 42.741.485-X, mediante escrito presentado en esta Dirección General con fecha 20 de febrero de 2012, esto es, con posterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de reclamaciones contra la Resolución Provisional del concurso.

Tercero.- Declarar la pérdida de los derechos derivados de la participación en la presente convocatoria de los concursantes que a continuación se relacionan, sobrevenida por la pérdida de los requisitos exigidos para participar en la misma de acuerdo con las circunstancias que obran en los correspondientes expedientes y con lo establecido en la base quinta de esta convocatoria:

- Alegre Pérez, Eulalio José (09669323-P).

- Contreras García, Isabel (41993781-P).

Cuarto.- Admitir, ya sea en su totalidad o parcialmente, las reclamaciones frente a la resolución provisional del concurso de traslados para la provisión de plazas básicas de Médicos de Familia de Equipos de Atención Primaria del Servicio Canario de la Salud, convocado por Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos de 14 de abril de 2008 (BOC nº 82, de 23.4.08), formuladas por los siguientes concursantes:

- García de Carlos, María Paloma (05260691-Q).

- López Martín, Pedro Manuel (42058002-H).

- Sendra Soler, Juan (77087293-X).

Quinto.- Rechazar las reclamaciones frente a la resolución provisional del concurso de traslados para la provisión de plazas básicas de Médicos de Familia de Equipos de Atención Primaria del Servicio Canario de la Salud, convocado por Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos de 14 de abril de 2008 (BOC nº 82, de 23.4.08), formuladas por los siguientes concursantes:

- Alguacil Martínez, Purificación (43259283-D).

- Bernal Blasco, Inmaculada (07864686-C).

- García Sánchez-Real, Beatriz (07211220-F).

- Hervás Loeches, Antonio (51858832-L).

- Peña Navais, Agustín (12706401-M).

- Santana Bethencourt, Margarita (43254047-V).

Sexto.- Aprobar la resolución definitiva del concurso de traslados voluntario para la provisión de plazas básicas de Médicos de Familia de Equipos de Atención Primaria del Servicio Canario de la Salud, convocado por Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos de 14 de abril de 2008 (BOC nº 82, de 23.4.08), que figura como anexo I a la presente Resolución, con indicación de la puntuación total otorgada, las parciales de cada uno de los apartados del baremo y de la plaza asignada. Asimismo, se indica -de conformidad con lo establecido en el apartado 6 de la base séptima de la convocatoria- que los concursantes Dña. Asunción Rosa Delgado Rivero, con D.N.I. nº 42781835-H y D. Rafael Santos Hernández, con D.N.I. nº 42047901-Z, no pueden resultar adjudicatarios de plaza en este concurso de traslados al haber obtenido plaza en el concurso de traslados de Médicos de Familia de Urgencias Extrahospitalarias, que fue convocado por Resolución de esta Dirección General de 21 de agosto de 2008 (BOC nº 176, de 3.9.08) y resuelto mediante Resolución de este Órgano de fecha 8 de julio de 2009 (BOC nº 146, de 29.7.09).

Séptimo.- Abrir el plazo de toma de posesión del concurso de traslado. El cese y la toma de posesión se llevará a efecto en los términos que se señalan en los apartados siguientes.

Octavo.- Los concursantes que hayan obtenido plaza deberán cesar en la que, en su caso, desempeñen, dentro de los tres días hábiles siguientes a aquel en que se publique la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias. No obstante, el Gerente o Director Gerente respectivo, por necesidades del servicio, podrá ampliar este plazo hasta diez días.

Noveno.- La toma de posesión en la nueva plaza deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al del cese, si las plazas son de la misma Área de Salud, o en el de un mes, si pertenecen a distinta Área de Salud. En el caso de que la adjudicación de plaza suponga el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión será de un mes a contar desde la publicación de la resolución definitiva del concurso.

Cuando la resolución del concurso implique cambio en el Servicio de Salud de destino, el plazo de toma de posesión será de un mes a contar desde el día del cese.

Décimo.- Si así lo permiten las necesidades del servicio, y a petición del interesado, los plazos a que se refieren los apartados anteriores podrán ser prorrogados por la Gerencia o Dirección Gerencia del nuevo destino, por tiempo no superior a la mitad de su duración inicial.

Undécimo.- El cómputo del plazo posesorio se iniciará cuando finalice el permiso o licencia que, en su caso, haya sido concedido al interesado, salvo que por causas justificadas se acuerde suspender el disfrute de los mismos.

Duodécimo.- Excepto cuando la resolución del concurso implique el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión y en su caso, la prórroga del mismo, tendrá la consideración de servicio activo, percibiéndose los correspondientes haberes con cargo a la plaza de destino.

Decimotercero.- Se entenderá que solicita la excedencia voluntaria por interés particular como personal estatutario, y será declarado en dicha situación, quien no tome posesión del destino obtenido dentro de los plazos establecidos o de las prórrogas de los mismos que procedan. No obstante, si existen causas suficientemente justificadas, así apreciadas por la Dirección General de Recursos Humanos, previa audiencia del interesado, podrá dejarse sin efecto dicha situación. En tal caso, deberá incorporarse a su nuevo destino tan pronto desaparezcan las causas que en su momento lo impidieron. De tratarse de personal funcionario, será declarado en la situación administrativa que corresponda.

Decimocuarto.- Los destinos adjudicados son irrenunciables. Asimismo, los traslados derivados de este concurso tienen carácter voluntario, no generando derecho al abono de ninguna clase de indemnización.

Decimoquinto.- El personal funcionario que obtenga plaza en el concurso de traslados, quedará sujeto al régimen jurídico, horario y retributivo que resulte aplicable a la plaza obtenida, sin perjuicio del mantenimiento de la condición de funcionario, en su caso.

Decimosexto.- Los concursantes voluntarios que no obtengan plaza se mantendrán en su situación y destino. Los concursantes en situación distinta a la de activo con derecho a reserva de plaza, se mantendrán en la misma situación siempre que persistan las circunstancias que dan derecho a la misma. Los concursantes en situación de reingreso provisional que, habiendo solicitado todas las plazas ofertadas en el Área de Salud donde les fue concedido el reingreso, no obtuvieran ninguna de ellas, podrán optar por obtener un nuevo destino provisional en alguna de las plazas que se encuentren vacantes, o pasar nuevamente a la situación de excedencia voluntaria. Los que no obtengan destino, no habiendo solicitado todas las vacantes ofertadas en su Área de Salud, serán declarados de oficio nuevamente en situación de excedencia voluntaria.

Decimoséptimo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo que territorialmente correspondan en función de las reglas contenidas en el artículo 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción; o bien potestativamente recurso de reposición ante esta Dirección General en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la citada publicación, en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer. En caso de interponer recurso de reposición, no podrá acudirse a la vía contencioso-administrativa hasta que el mismo sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo.

Santa Cruz de Tenerife, a 16 de noviembre de 2012.- La Directora General de Recursos Humanos, María del Carmen Aguirre Colongues.

Ver anexo en las páginas 24122-24126 del documento Descargar

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