BOC - 2012/227. Martes 20 de Noviembre de 2012 - 5793

III. Otras Resoluciones

Consejería de Empleo, Industria y Comercio

5793 - Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 23 de octubre de 2012, de la Directora, por la que se procede a aprobar el expediente correspondiente, una vez reformulado, de la lista de reserva de la entidad Asociación de Vecinos Tirimara, en relación a las Resoluciones de la Directora de 6 de agosto de 2012, que concede subvenciones en el ámbito de la colaboración con la Comunidad Autónoma, Universidades e Instituciones sin ánimo de lucro, con centro de trabajo en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social, en el ejercicio 2012 (BOC nº 159, de 14.8.12), a la Resolución de 28 de agosto de 2012 y a la Resolución de 11 de septiembre de 2012.

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Visto el expediente en cuestión, resultan los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Que la Resolución de 6 de agosto de 2012, de la Directora del Servicio Canario de Empleo, por la que se concede subvenciones en el ámbito de la colaboración con la Comunidad Autónoma, Universidades e Instituciones sin ánimo de lucro con centro de trabajo sito en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social, en el ejercicio 2012, se publicó en el Boletín Oficial de Canarias nº 159, de 14 de agosto de 2012.

Segundo.- Que la Resolución nº 12/06455 de 28 de agosto de 2012, de la Directora del Servicio Canario de Empleo, acepta la renuncia de la entidad Unapro-Unión para la Ayuda y Protección de los AFectados por el Sida (C.I.F. G38322525) y aprueba el primer expediente de la lista de reserva en relación a la Resolución de la Directora del Servicio Canario de Empleo (nº 12/05989 de 6 de agosto de 2012), por la que se conceden subvenciones en el ámbito de la colaboración con la Comunidad Autónoma, Universidades e Instituciones sin ánimo de lucro con centro de trabajo sito en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social, en el ejercicio 2012 (BOC nº 159, de 14 de agosto de 2012).

Tercero.- Que la Resolución nº 12/06805, de 11 de septiembre de 2012, de la Directora del Servicio Canario de Empleo, deja sin efecto las subvenciones concedidas a las entidades Asociación Proyectos de Acción Social Don Bosco (C.I.F. G38220372) y Asociación para el Desarrollo Rural de la isla de La Palma (C.I.F. G38282620), por incumplimiento del resuelvo séptimo de la Resolución nº 12/05989 de 6 de agosto, aprueba el segundo expediente de la lista de reserva en relación a la Resolución de la Directora del Servicio Canario de Empleo nº 12/05989, y se da opción según resuelvo cuarto a "... la reformulación del tercer proyecto de la lista de reserva por un importe máximo de once mil setecientos doce euros con veintiocho céntimos (11.712,28 euros), en los términos previstos en el punto 2 del resuelvo décimo de la Resolución de 18 de noviembre de 2011, modificada por la Resolución de 5 de junio de 2012".

Cuarto.- Que la entidad Asociación de Vecinos Tirimara, con C.I.F. G38261129, presenta nueva solicitud, con fecha 18 de septiembre de 2012, por una cuantía de once mil doscientos cincuenta euros con cuarenta y cinco céntimos (11.250,45 euros), una vez ha procedido a su reformulación, consistente en la reducción de la jornada de trabajo del personal a contratar (del 75% al 50%) y de la duración del proyecto (de 6 a 5 meses).

Quinto.- Con fecha 1 de octubre de 2012, se reunió el órgano colegiado al que se refiere el apartado I del artículo 22 y el apartado 4 del artículo 24, ambos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, emitiendo informe en el que se concreta la evaluación efectuada de la solicitud reformulada presentada.

A los citados antecedentes les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El órgano competente para adoptar la presente Resolución es la Directora del Servicio Canario de Empleo, de conformidad con lo establecido en el artículo 9.2.c) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo (BOC nº 80, de 28.4.03), según redacción dada por el artículo único apartado uno de la Ley 3/2011, de 18 de febrero (BOC nº 44, de 2.3.11).

Segundo.- La presente Resolución se dicta al amparo de la Orden de 19 de diciembre de 1997 del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (BOE nº 312, de 30 diciembre 1997), por la que se establecen las bases de concesión de subvenciones para la realización de obras o servicios de interés general y social por las Entidades que contraten a trabajadores desempleados inscritos en las Oficinas de Empleo, desarrollada en sus aspectos de aprobación, seguimiento y control, mediante Resolución del Instituto Nacional de Empleo de 30 de marzo de 1999 (BOE de 13.4.99), cuya gestión fue transferida a la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias por Real Decreto 150/1999, de 29 de enero (BOE de 17 de febrero), modificado por Real Decreto 939/1999, de 4 de junio (BOE de 25 de junio), gestión atribuida al Servicio Canario de Empleo por la Ley 12/2003, de 4 de abril (BOC de 28.4.03), la Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo, adapta estas subvenciones al régimen jurídico establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y al Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Tercero.- Una vez dictadas las Resoluciones nº 12/05989 de 6 de agosto de 2012 , nº 12/06455 de 28 de agosto de 2012 y nº 12/06805 de 11 de septiembre de 2012, anteriormente mencionadas, la subvención sobrante se corresponde con la cantidad de once mil setecientos doce euros con veintiocho céntimos (11.712,28 euros) financiadas con cargo al crédito consignado en la siguiente aplicación del Estado de Gastos del Presupuesto del Servicio Canario de Empleo para el año 2012 de la aplicación 2012: [50.01.241H] Línea de Actuación [50400004] "Contratación temporal de desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social".

Cuarto.- Estas subvenciones podrán estar cofinanciadas en un 80% por el Fondo Social Europeo mediante el Programa Operativo "Adaptabilidad y Empleo" 2007 ES 05 UPO 001, eje 2, categoría 66, correspondiente al Marco Comunitario de Apoyo 2007-2013.

Quinto.- La concesión de la presente convocatoria se efectúa en régimen de concurrencia competitiva, de conformidad con el artículo 22 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

Sexto.- En los trámites seguidos para la iniciación, instrucción y resolución del procedimiento han sido observadas la normativa de aplicación.

En base a lo expuesto, y en aplicación de la normativa legal vigente,

R E S U E L V O:

Primero.- Conceder la subvención a la entidad Asociación de Vecinos Tirimara (C.I.F. G38261129) por un importe de once mil quinientos cincuenta euros con cuarenta y cinco céntimos (11.550,45 euros) para el desarrollo del proyecto Dinamización Sociocultural y Educativa del Barrio de Argual III, según condiciones contempladas en anexo I adjunto, por ser la tercera en la lista de reserva recogida en el anexo III "Relación de proyectos en reserva" de la Resolución de 6 de agosto de 2012, una vez que se han concedido subvención a las dos primeras entidades de dicha lista en Resoluciones nº 12/06455, de 28 de agosto de 2012 y nº 12/06805, de 11 de septiembre de 2012, y haber procedido a la reformulación de su solicitud.

Segundo.- Una vez dictadas las Resoluciones nº 12/05989 de 6 de agosto de 2012, nº 12/06455 de 28 de agosto de 2012 y nº 12/06805 de 11 de septiembre de 2012, el resumen de los datos concedidos sería el siguiente:

Importe global concedido: un millón seiscientos noventa y nueve mil ochocientos treinta y ocho euros con diecisiete céntimos (1.699.838,17 euros).

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Tercero.- La fecha de inicio del proyecto no podrá exceder del 31 de octubre de 2011.

Cuarto.- La presentación del certificado de inicio del proyecto aprobado en esta resolución implicará, automáticamente, la aceptación de la aparición del beneficiario en la lista pública prevista en el artículo 7, apartado 2, letra d) del Reglamento (CE) 1828/2006, de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006.

Quinto.- Mantener el resto de las Resoluciones nº 12/05989, de 6 de agosto de 2012, nº 12/06455, de 28 de agosto de 2012 y nº 12/06805, de 11 de septiembre de 2012 en todos sus términos.

Notificar esta Resolución a los interesados en el expediente, con la indicación de que contra la misma, al no poner fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante la Consejería de Empleo, Industria y Comercio en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en los artículos 114 y 115, en relación con el artículo 48.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14.1.99), sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente.

Santa Cruz de Tenerife, a 23 de octubre de 2012.- La Directora, p.s., la Secretaria General [artº. 8.3.a) del Decreto 118/2004, de 29 de junio], Lidia P. Pereira Saavedra.



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