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ANTECEDENTES

1.- Por Orden del Consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad de 6 de julio de 2012 se aprueban las bases que regulan la concesión de subvenciones para el ejercicio 2012, destinadas a la realización de proyectos de participación en actividades juveniles, y se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2012, con cargo a la línea de actuación 2012 08.26.232.A.480.00 L.A. 23455102 "Participación en actividades juveniles" (BOC nº 137, de 13.7.12).

2.- Asimismo mediante Orden del Consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad, de 31 de octubre de 2012, se resuelve la citada convocatoria y se conceden definitivamente las subvenciones para la realización de los referidos proyectos (BOC nº 215, de 2.11.12).

3.- Considerando la fecha límite para la captura y contabilización de los documentos de reconocimiento de las obligaciones "O", establecidas por la Orden del Consejero de Economía, Hacienda y Seguridad, de 24 de septiembre de 2012 (BOC nº 190, de 27.9.12) por la que se regula la ordenación contable en la ejecución del presupuestos de gastos e ingresos para el ejercicio 2012 de la Comunidad Autónoma de Canarias, resulta conveniente delegar la competencia para declarar la justificación y el abono de las subvenciones concedidas al amparo de la referida Orden de 31 de octubre de 2012.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- De acuerdo con los artículos 36 y 37 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, en conexión con el artículo 3 del citado Decreto, el titular del correspondiente Departamento es competente para comprobar y declarar la justificación así como la ordenación del pago de la subvención previa justificación presentada por el beneficiario.

Segunda.- En aplicación de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 31.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, por la presente

R E S U E L V O:

Primero.- Delegar en la titular de la Dirección General de Juventud la competencia para comprobar y declarar la justificación de las subvenciones concedidas por la Orden de 31 de octubre de 2012, por la que se resuelve la convocatoria y se conceden definitivamente las subvenciones destinadas a la realización de proyectos de participación en actividades juveniles, en virtud de la convocatoria regulada por la Orden de 6 de julio de 2012.

Segundo.- Asimismo se delega la competencia para ordenar el pago de la correspondiente subvención previa justificación realizada por el beneficiario.

Tercero.- Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de la delegación indicarán expresamente esta circunstancia y se entenderán dictadas por el órgano delegante.

Cuarto.- La presente delegación se adopta sin perjuicio de las facultades de avocación y revocación que ostenta el órgano delegante de conformidad con la normativa vigente.

Quinto.- La presente Orden surtirá efectos a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Esta Orden pone fin a la vía administrativa y contra ella cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el titular de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad en el plazo de un mes o bien, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses. Ambos plazos contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Santa Cruz de Tenerife, a 12 de noviembre de 2012.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA,

JUSTICIA E IGUALDAD,

Francisco Hernández Spínola.



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