BOC - 2012/214. Miércoles 31 de Octubre de 2012 - 5397

I. Disposiciones generales

Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda

5397 - ORDEN de 18 de octubre de 2012, por la que se suspende la vigencia de la Orden de 25 de mayo de 2010, que aprueba las bases, con vigencia indefinida, que han de regir en la concesión de subvenciones destinadas a la ejecución del objetivo general intermedio nº 5 del Plan Integral del Menor en Canarias, correspondiente a equipos territoriales especializados para la atención de menores en situación de riesgo.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Orden de la entonces Consejera de Bienestar Social, Juventud y Vivienda de 25 de mayo de 2010, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 110, de 7 de junio de 2010, se aprueban las bases, de vigencia indefinida, que han de regir en la concesión de subvenciones, destinadas a la financiación de equipos territoriales especializados para la atención de menores en situación de riesgo.

Segundo.- De acuerdo con el apartado segundo del resolutivo de dicha Orden de 25 de mayo de 2010, anualmente y por delegación, el titular de la Dirección General de Protección del Menor y la Familia resolverá el procedimiento de concesión de subvenciones y publicará la convocatoria anual en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercero.- Con fecha 4 de enero de 2012 se suscribe un Acuerdo Marco entre la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda y la Federación Canaria de Municipios (FECAM), sobre criterios y distribución de los créditos entre los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Canarias a efectos de que los mismos puedan seguir dando continuidad a los programas que viene cofinanciando la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el ámbito de los Servicios Sociales Comunitarios.

Cuarto.- Con fecha 17 de julio de 2012 se suscribe la Addenda de modificación del Acuerdo Marco entre la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda y la Federación Canaria de Municipios (FECAM), sobre criterios y distribución de los créditos entre los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Canarias a efectos de que los mismos puedan seguir dando continuidad a los programas que viene cofinanciando la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el ámbito de los Servicios Sociales Comunitarios con respecto a la forma e importe de financiación establecida en materia de mantenimiento de los equipos territoriales para la atención de menores en situación de riesgo, identificada como OGI 5 en dicho Acuerdo.

Dicha Addenda prevé, en cuanto al objetivo general intermedio 5 del Plan Integral del Menor, que la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda cofinancie el mantenimiento de los equipos territoriales por medio de aportaciones dinerarias a favor de los Ayuntamientos que se adhieran, para el ejercicio 2012, al Acuerdo Marco y cumplan las condiciones exigidas para ser beneficiario de dicha aportación establecidas por Orden departamental (Orden nº 736/2012, por la que se distribuyen los créditos entre los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Canarias a través de aportaciones dinerarias, se establecen las condiciones de concesión, abono y justificación y se aprueban los modelos normalizados, en ejecución del Acuerdo Marco suscrito entre el Departamento y la Federación Canaria de Municipios (FECAM), sobre criterios y distribución de créditos para dar continuidad a los programas que viene cofinanciando la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias en el ámbito de los servicios sociales comunitarios).

Aplicándose esta nueva forma de financiación, y toda vez que en la presente anualidad no se va a convocar ningún procedimiento de concurrencia competitiva de subvenciones en la materia, resulta aconsejable la suspensión de la vigencia de la citada Orden de 25 de mayo de 2010, en tanto resulte de aplicación, para el ejercicio 2012, lo dispuesto en el Acuerdo Marco de 4 de enero de 2012, modificado por Addenda de 17 de julio de 2012.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en el artículo 2, apartado cuarto, letra b), que no se entenderán comprendidos en el ámbito de aplicación de la Ley ... los convenios y conciertos celebrados entre Administraciones Públicas que tengan por objeto la realización de los planes y programas conjuntos a que se refiere el artículo 7 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o la canalización de las subvenciones gestionadas a que se refiere el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, así como los convenios en que las Administraciones Públicas que los suscriban ostenten competencias compartidas de ejecución.

Segunda.- De acuerdo con el artículo 9.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, indica que corresponde aprobar las bases de las subvenciones a los titulares de los Departamentos. Con arreglo al artículo 3.1 de esta norma, se consideran titulares de los Departamentos, entre otros a los Consejeros.

La Consejera de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda ostenta competencias en materia de protección de menores con arreglo al artículo 5 del Reglamento Orgánico de la anterior Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda, aprobado por Decreto 167/2008, de 22 de julio, aplicable en virtud de lo que establece la Disposición Transitoria Primera del Decreto 170/2011, de 12 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, en relación con el Decreto 86/2011, de 8 de julio, por el que se determinan con el número, denominación y competencias de las Consejerías.

En su virtud,

R E S U E L V O:

Primero.- Suspender la vigencia de la Orden de la entonces Consejera de Bienestar Social, Juventud y Vivienda de 25 de mayo de 2010, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 110, de 7 de junio de 2010, por la que se aprueban las bases, de vigencia indefinida, que han de regir en la concesión de subvenciones, destinadas a la financiación de equipos territoriales especializados para la atención de menores en situación de riesgo, en tanto resulte de aplicación para el ejercicio 2012, el Convenio adoptado a través del Acuerdo Marco celebrado el 4 de enero de 2012, entre la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda y la Federación Canaria de Municipios (FECAM) sobre criterios y distribución de los créditos entre los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Canarias a efectos de que los mismos puedan seguir dando continuidad a los programas que viene cofinanciando la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el ámbito de los Servicios Sociales Comunitarios.

Segundo.- Publicar la presente Orden, para general conocimiento, en el Boletín Oficial de Canarias

Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de octubre de 2012.

LA CONSEJERA DE CULTURA, DEPORTES,

POLÍTICAS SOCIALES Y VIVIENDA,

Inés Nieves Rojas de León.



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