Según lo establecido en el artº. 4 del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, sobre depósito de los estatutos de las organizaciones constituidas al amparo de la Ley 19/1977, reguladora del derecho de asociación sindical (BOE nº 101, de 28.4.77), y siendo competente para ello esta Dirección General de Trabajo al haberse transferido estas funciones a la Comunidad Autónoma Canaria mediante Real Decreto 661/1984, de 25 de enero, y vistas las facultades conferidas en el Decreto 55/2012, de 14 de junio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio (BOC nº 123, de 25.6.12), se hace público que en esta Dirección General se ha depositado documentación sobre la constitución de la asociación profesional que se detalla:
DENOMINACIÓN: Asociación Canaria de Centros Sanitarios sin Internamiento (ACESICA).
ÁMBITO TERRITORIAL: Comunidad Autónoma de Canarias.
DOMICILIO: calle Presidente Alvear, nº 10, bajo, 35006-Las Palmas de Gran Canaria.
ÁMBITO PROFESIONAL: podrán ser miembros de la Asociación todas aquellas personas físicas o jurídicas, titulares de clínicas que ejerzan su actividad de consulta, diagnóstico y tratamientos médicos sin internamiento, dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma Canaria.
FIRMANTES DEL ACTA DE LA SESIÓN: D. Domingo Montes de Oca, D. Arturo González Machín, D. Rafael Hernández Hernández y D. Víctor Rafael de Gregorio Bernardo.
Los interesados podrán formular por escrito las alegaciones que estimen procedentes en el plazo de veinte días contados a partir de su publicación.
Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de septiembre de 2012.- La Directora General de Trabajo, Gloria del Pilar Gutiérrez Arteaga.
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